Ley 5166 del año 2016
El ejercicio de la Psicomotricidad en la Provincia de Río Negro, se rige por la ley G nº 3338 y sus normas reglamentarias. Autoridad de Aplicación. Es autoridad de aplicación de esta ley el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro o el organismo que en el futuro lo reemplace. Matrícula. El gobierno de la matrícula de los Licenciados en Psicomotricidad y los Psicomotricistas está a cargo del Ministerio de Salud de la Provincia y del organismo que en el futuro lo reemplace. Ejercicio profesional. Se considera ejercicio profesional de la psicomotricidad a las actividades de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, dentro de los límites de su competencia derivados de las incumbencias que acrediten sus títulos habilitantes.
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