18 LICENCIA y JUSTIFICACIONES de INASISTENCIAS: Reglamento general. Acuerdos paritarios.
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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107 | Resolución | 899 | 2010 |
ESTABLECE la continuidad del proyecto "Voces que se cuidan" para el ciclo lectivo 2010. DETERMINA que el mismo se implementará a partir de la aprobación de la presente resolución, hasta el 31 de diciembre del presente año.
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106 | Decreto Nac. | 1328 | 2009 |
Aprueba la Reglamentación de la Ley Nº 25.854 sobre Registro único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos |
105 | Decreto provincial | 467 | 2009 | Declara la emergencia sanitaria por el término de 90 días en toda la Provincia. |
104 | Ley | 4418 | 2009 | Se reconoce en todo el ámbito de la Provincia de Río Negro a la enfermedad denominada Psoriasis como enfermedad crónica y a su tratamiento como prestación básica esencial garantizada, en los términos que establece la presente. El Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Salud y el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) garantiza su tratamiento comprendiendo ello las fases de diagnóstico, tratamiento clínico, psicológico, farmacológico, insumos que irrogan tales prácticas y todo aquello que concurra a atender adecuadamente la enfermedad. |
103 | Ley Nacional Modificado por Ley Nacional N° 27196- Reglamentada por Dec. Nacional N° 218/23 | 26588 | 2009 | Declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. |
102 | Resolución | 915 | 2009 | DEJA sin efecto en todos sus términos la Resolución 1729/08, a partir de la presente, dejando sin efecto la suspensión de las Resoluciones que designan representantes gremiales de los Departamentos de Salud (uno titular y uno suplente) de la Un.T.E.R., en algunas de las Delegaciones Regionales de Educación. |
101 | Resolución | 471 | 2009 |
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social de Nación- Establece una licencia preventiva por QUINCE (15) días corridos, a partir del 3 de julio del corriente año, con goce íntegro de haberes, para las mujeres embarazadas y para los trabajadores inmuno comprometidos o que padezcan enfermedades oncológicas o enfermedades que le provoquen inmuno supresión o patologías cardíacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias. El trabajador o la trabajadora para gozar de esta licencia deberán acreditar tal situación mediante certificado médico. |
100 | Ley | 4367 | 2008 | Crea una Comisión Interpoderes que tiene por objeto el análisis, estudio, revisión y elevación de propuestas relativas a la implementación de un nuevo régimen de licencia por maternidad o adopción, obligatorio y remunerativo, para todos los agentes públicos que se desempeñen en el ámbito del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial, entes autárquicos, descentralizados y demás organismos creados por la Constitución Provincial y las leyes, con sujeción a los lineamientos y condiciones establecidos en la presente ley. |
99 | Ley | 4331 | 2008 | La Provincia de Río Negro adhiere a la ley nacional n° 26.279 |
98 | Ley Nacional | 26369 | 2008 | Incorpora con carácter obligatorio como práctica rutinaria de control y prevención la realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo. |
97 | Resolución | 2004 | 2008 | ESTABLECE a partir de la presente que la función a ejercer por el Maestro Titular como Secretario/a, se encuadra en mayor jerarquía funcional y podrá cumplir la misma, siempre que no exista incompatibilidad horaria, en el turno igual u opuesto al cargo base. DETERMINA en consecuencia que el Maestro designado para desempeñar funciones de Secretario podrá solicitar en su cargo base el usufructo de licencia por Artículo 15º de la Resolución Nº 233/P/98, por corresponder a un cargo de mayor jerarquía funcional, pudiendo ser designado en otro cargo u horas bajo el régimen de designaciones vigente. ESTABLECE que todos los docentes que se encuentran designados en la función de Secretario en los establecimientos de Educación de Nivel Inicial y Primario, deberán presentar la licencia correspondiente para adecuarse a los términos de la presente. |
96 | Resolución | 1739 | 2008 | DEROGA en todos sus términos la Resolución N° 124/06, por los considerandos expuestos, que determinaba pautas para computar inasistencias a los docentes de establecimientos rurales alejados de centros urbanos con entidad bancaria, los días que debían percibir sus haberes. |
95 | Resolución | 1738 | 2008 | DETERMINA el no cómputo de inasistencias en todos los Establecimientos Educativos en los que se desempeñan, para aquellos Docentes que participan en los concursos para Profesores y Auxiliares Regulares de los Institutos de Formación Docente Continua de la Provincia de Río Negro, en las fechas establecidas mediante Resoluciones N° 1809/07, 1312/08, 1635/08 y 1669/08. |
94 | Resolución | 1729 | 2008 | SUSPENDE a partir de la presente las Resoluciones Nº 605/06, 677/07 y 1660/07 por los considerandos expuestos, y referidas a Delegados de Salud en representación de UnTER en los Departamentos Regionales de Salud en la Escuela. ESTABLECE que el personal involucrado en dichas resoluciones deberán reintegrarse a tares habituales y REMITI copia de la presente resolución a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro para conocimiento y efectos que estimen correspondan. |
93 | Resolución | 990 | 2008 |
ESTABLECE la continuidad del proyecto “Voces que se cuidan” para el ciclo lectivo 2008.
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92 | Resolución | 989 | 2008 | DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 1899/07. DEROGA en todos su términos la Resolución 1270/00. ESTABLECE que el personal docente con diagnóstico de enfermedad incurable avanzada, certificada por Junta Médica y, que haya agotado el año de usufructúo del Artículo 2º de la Resolución Nº 233/P/98, con el cien por cien (100%) de haberes, continúe percibiendo el mismo porcentaje hasta el momento de su baja del sistema. DETERMINA que también podrán acceder al beneficio que establece, aquellos docentes que siendo evaluados por la Junta Médica provincial y que presentan serias restricciones en su capacidad laboral, con un porcentaje de incapacidad que no les permita acceder a la baja por invalidez y que, además, se encuentren un año o menos, a obtener el beneficio de la jubilación a través del sistema previsional vigente. |