Numero de la legislacion :
1222
Tipo de Legislacion:
Resolución
MODIFICA el Artículo 2º de la Resolución Nº 5933/21, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°. DETERMINAR que para acceder al Beneficio Jubilatorio, los y las Docentes que se encuentren en condiciones de acceder al mismo, deberán presentar la renuncia condicionada, definitiva o el dictamen de la Comisión Médica para el supuesto de retiro por invalidez y la Solicitud de Adhesión firmada que como Anexo II forma parte del presente.-”