Ley 542 Anulada del año 1969
Numero de la legislacion :
542
Tipo de Legislacion:
Ley
Estado de la legislación:
Anulada
Histórica - Fusión
Año:
1969 Del 7 – 04-1969. Incorpora a los regímenes de ingreso a la docencia establecidos para las distintas ramas de la enseñanza en la Ley 391 – Estatuto del Docente- la admisión de personal docente que por traslado o permuta provenga de establecimientos de jurisdicción nacional o de otras provincias, en virtud de los convenios de reciprocidad que celebre en lo sucesivo el Consejo Provincial de Educación. Condiciona el ingreso del personal comprendido en el artículo 1° al cumplimiento de las condiciones determinadas en el Capítulo XII de la Ley N° 391 .
Fusión en Ley 391 , según Digesto Provincial por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)
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Ley542Art.11Ley391.pdf | 47.1 KB |