Resolución 94 del año 2008
DECLARA, con carácter de experimental, de acuerdo al Art. 68º de la Ley Orgánica de Educación Nº 2444, la creación de la Supervisones Escolares para los Establecimientos de Gestión Privada dependientes de la Dirección de Enseñanza Privada y crea en el ámbito del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación – Dirección de Escuelas Privadas, tres (3) cargos de Supervisores, quienes tendrán a su cargo el control y seguimiento técnico-administrativo-pedagógico de los Establecimientos dependientes de la Dirección de Escuelas Privadas en los Niveles Inicial- Primario- Medio y sus Modalidades, de las Delegaciones Regionales que, a continuación, se detallan:
a) ANDINA - ANDINA SUR – SUR I y II
b) ALTO VALLE ESTE I Y II, ALTO VALLE CENTRO I Y II y ALTO VALLE OESTE
c) ATLÁNTICA, VALLE MEDIO E INFERIOR.
Los Supervisores tendrán a su cargo los establecimientos escolares cuya distribución se establece en el anexo I que forma parte de la presente Resolución. ESTABLECE, que los postulantes al cargo de Supervisor deberán cumplir los siguientes requisitos:
a). Poseer título docente y competencia en los niveles mencionado en el Art. 2º.
b). Ser Director/a Titular de Establecimientos Privados o Públicos de Gestión Privada.
c). Poseer quince (15) años o más de antigüedad en la docencia y de ellos 5 años de experiencia en la conducción educativa.
d). No encontrase en condiciones de acogerse a los beneficios previsionales. La Dirección de Enseñanza Privada evaluará los antecedentes presentados por los postulantes y propondrá la designación de los mismos al Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial de Educación, definiendo que las misiones y funciones del Cargo de Supervisor escolar de Establecimientos de Enseñanza Privada, serán las mismas que rigen para los Supervisores de las Escuelas Públicas de la Provincia.
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