Ley 4232 del año 2007
Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad. Personas amparadas. Implanta el Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad, para todo el personal activo, jubilado y retirado del Estado provincial, el de las Sociedades en que el Estado tenga participación accionaria, el de los Entes y Organismos Autárquicos y los Bomberos Voluntarios en actividad.
Función Pública:
TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad. Personas amparadas. Implanta el Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad, para todo el personal activo, jubilado y retirado del Estado provincial, el de las Sociedades en que el Estado tenga participación accionaria, el de los Entes y Organismos Autárquicos y los Bomberos Voluntarios en actividad.
Función Pública:
TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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