Resolución 3883 del año 1999
Establece que la calificación mínima exigida para la promoción de los alumnos no podrá ser inferior a Satisfactorio, para las Escuelas involucradas en la Resolución 1707/96 y que las áreas adeudadas podrán aprobarlas en los términos de las Resoluciones 488/96 y
3980/ 98, de Nivel Medio. Otorga la certificación del 3er Ciclo de la EGB.






