Resolución 1072 del año 1994

Numero de la legislacion : 
1072
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1994

FIJA que para las oportunidades en que corresponda elegir a dos miembros titulares en las Juntas de Clasificación se aplicarán los siguientes criterios:

a)      Si alguna de las listas obtuviese el 50% o más de los votos accederá a ambos cargos.

b)      Si ninguna de las listas obtuviese el 50% de los votos los cargos serán cubiertos por la primera y segunda minoría.

 

LA JUNTA Electoral ajustará su cometido a las normas establecidas en  la Resolución  N° 2686/91 y  sus miembros serán considerados laboral y salarialmente de acuerdo con las pautas fijadas en el apartado IV del Artículo 2°  de la misma Resolución.

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