Ley 5820 del año 2025
Condiciones de acceso de los extranjeros a los servicios públicos provinciales de salud y educación superior
La presente ley tiene por objeto reglamentar las condiciones de acceso de los extranjeros a los servicios públicos provinciales de salud y educación superior.
Aranceles por la prestación de servicios de educación superior. Se establece el cobro de aranceles por la prestación de los servicios de educación superior brindados por la Provincia de Río Negro a los extranjeros categorizados como residentes transitorios y aquellos que cuenten con una autorización de residencia precaria, conforme a la ley nacional nº 25871 y su normativa reglamentaria. Se faculta a las instituciones educativas públicas de nivel terciario, institutos técnicos superiores e institutos de formación de la Provincia de Río Negro para llevar a cabo las acciones necesarias para la percepción de dicho arancel.
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| Ley 5820 (Extranjeros).pdf | 86.81 KB |






