Resolución 251 del año 2025
ANSES
Establece que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de julio de 2025, dispuesto de conformidad con las previsiones de los artículos 8° de la Ley N° 26.417 y 2° del Decreto N° 274/24, será de ($ 309.294,79), el haber máximo vigente a partir del mes de julio de 2025, dispuesto de conformidad con las previsiones de los artículos 9° de la Ley N° 26.417 y 2° del Decreto N° 274/24, será de ($ 2.081.261,17).
Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 -texto según Ley N° 26.222- en la suma de ($ 104.170,43) y ($ 3.385.490,05) respectivamente, a partir del período devengado julio de 2025.
El importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, aplicable a partir del mes de julio de 2025, en la suma de ($141.488,25).
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Resolucion 251-2025 (ANSES-HABER MINIMO,MAXIMO,BASE IMPONIBLE, PUAM,PBU-JULIO 2025).pdf | 221.64 KB |