Resolución 66 del año 2025
ANSES
Establece que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de febrero de 2025, dispuesto de conformidad con las previsiones de los artículos 8° de la Ley N° 26.417 y 2° del Decreto N° 274/24, será de ($ 273.086,50) y el haber máximo del mes de febrero de 2025, dispuesto de conformidad con las previsiones de los artículos 9° de la Ley N° 26.417 y 2° del Decreto N° 274/24, será de ($ 1.837.613,63). Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 -texto según Ley N° 26.222- en la suma de $ 91.975,48 y ($2.989.160,00), respectivamente, a partir del período devengado febrero de 2025.
El importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, aplicable a partir del mes de febrero de 2025, en la suma de ($ 124.924,61).
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Resolucion 66-2025 (ANSES-Haber Minimo, Maximo. Puam, PBU febrero 2025).pdf | 225.2 KB |