Decreto Nac. 1081 del año 2024
Numero de la legislacion :
1081
Tipo de Legislacion:
Decreto Nac.
Año:
2024 La Ley Nº20.429 y sus modificatorias dispone como requisito para la adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil haber alcanzado la mayoría de edad, fijando la edad en 21 años.
Sustituye el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“1) Ser mayor de DIECIOCHO (18) años”.
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