Resolución 415 del año 2021
Consejo Federal de Educación
Establece la más amplia difusión del Programa “PROGRESAR 16 y 17 años” en todos los ámbitos de la REPÚBLICA ARGENTINA. Promover la inscripción de los y las adolescentes matriculados/as en las instituciones educativas y garantizar la inscripción de adolescentes no matriculados/as en dichas instituciones que hubieren expresado su interés en revincularse a una escuela para continuar sus estudios. Acompañar y estimular la participación de los/as adolescentes en las escuelas de verano y las clases de apoyo de los días sábado enmarcadas en el Programa “Volvé a la Escuela” y la preparación y presentación a los exámenes de marzo y arbitrar las medidas administrativas y pedagógicas necesarias para acompañar las trayectorias educativas continuas o discontinuas de los/as adolescentes becados/as de modo tal que se favorezca su permanencia y la culminación de sus estudios. Fortalecer a las instituciones educativas tanto para la implementación de la beca educativa PROGRESAR en las dimensiones administrativas y pedagógicas, como para la inscripción, reglamentación y certificación de asistencia y avances académicos. El Ministerio de Educación de la Nación aportará equipamiento informático para las áreas administrativas de todas las escuelas con estudiantes becados/as y, juntamente con las jurisdicciones, capacitará a los equipos distritales e institucionales en lo relativo al proceso de implementación integral del Programa.
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