Resolución 66 del año 2021
RECTIFICA a partir de la presente el Artículo 6º de la Resolución Nº 2256/20, quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 6º.-ESTABLECER que la o el docente designado, deberá comunicarse inmediatamente con la supervisión, con el fin de manifestar la aceptación o no de la designación; en caso de no aceptar o no comunicarse el supervisor continuará designando teniendo en cuenta la lista de aspirantes.”
La asamblea de interinatos y suplencias para el periodo lectivo 2021, establecida por Resolución Nº 4120/20 - Anexo III, se realizará de manera virtual y en línea, bajo el régimen de las Resoluciones Nº 1080/92 TO 100/95, 2867/02, 3928/04 y 1688/13 del CPE.
Los cargos u horas ofrecidos en Asamblea, cuyo docente sea designado en el mismo, no perderá días de antigüedad, ni sufrirá el corte de su designación. Los y las docentes que cesen en sus cargos y/ u horas al 09 de febrero del 2021, deberá continuar prestando servicio en el mismo, garantizándole el cobro de sus haberes por todo el mes de febrero, tomando posesión del nuevo cargo el 01 de marzo
del 2021, según Resolución Nº 4120/20 Anexo III - Calendario Escolar 2021.
En aquellas zonas supervisivas en las que las condiciones sanitarias lo permitan, y en cumplimiento de la Resolución Nº 4119/20 “Protocolo CuidaRNos”, las asambleas se podrán realizar de manera presencial.
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