Resolución 212 del año 2020
Subsecretaría de la Función Pública
Establece que las áreas de Recursos Humanos de las distintas jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo Provincial deberán dispensar de concurrir a sus lugares de trabajo, a partir de la firma de la presente Resolución y hasta el día 31 de Marzo de 2.020, a los agentes públicos comprendidos en
alguno de los siguientes grupos de riesgo y poblaciones vulnerables:
a. Embarazadas en cualquier trimestre.
b. Grupos de riesgo:
i.- Enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma;
ii.- Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas;
iii.- Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y
desnutrición grave;
iv.- Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos;
v. Obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40);
vi. Diabéticos;
vii.- Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
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