Resolución 4409 del año 2018
MODIFICA el procedimiento de legalización de Títulos de Educación Secundaria y de Educación Superior Terciarios/Universitarios emitidos por otras jurisdicciones, el que será llevado a cabo por la Dirección General de Educación a través de la Comisión Permanente de Análisis y Estudio de Títulos, a los fines de verificar su autenticidad y validez confrontando las firmas de las autoridades con las que obran en el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu).
ESTABLECE que el acto administrativo mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución, será un trámite estrictamente obligatorio y personal, siendo requisito ineludible para la Inscripción en las Juntas de Clasificación correspondientes, que permiten el ejercicio de la docencia en el territorio provincial. DETERMINA el procedimiento para el cumplimiento de lo estipulado en la presente, por lo que debe ser remitido el título original, solo uno por sobre, acompañado con fotocopia legalizada del DNI. Dicha presentación debe ser entregada personalmente o por correo privado (en caso de contratarse el servicio de correo deberá contar con el retorno pagado con anticipación). Los sobres se dirigirán a la Comisión Permanente de Análisis y Estudio de Títulos,
Álvaro Barros 439 (8500) Viedma – Río Negro, en cualquier época del año.
Los títulos sin legalizar, incluidos por excepción en los listados de aspirantes para interinatos y suplencias durante los períodos 2017-2018, deberán cumplimentar lo requerido en el Artículo 1º de manera indispensable, a los efectos de acceder a la elección de cargos correspondientes a las Asambleas de Interinatos y Suplencias del 2019.
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