Resolución 2460 del año 2018
ESTABLECE la aplicación gradual de lo establecido en el artículo precedente se realizará de acuerdo con las siguientes pautas:
a) El cargo que se encuentra ocupado por personal titular en la respectiva planta funcional del
establecimiento hasta que se produzca la renuncia o cese de dicho personal, en cuyo caso
también cesará el suplente si lo tuviera.
b) El cargo que al inicio del período escolar se encuentre vacante no será cubierto por ningún
motivo, ni ofrecido después si la vacante se produjera con posterioridad.
c) El cargo ocupado por personal titular, interino o suplente que solicite licencia por cualquier motivo no será cubierto por suplente.
Para los casos señalados en los incisos a) y b) las direcciones de los establecimientos procederán en forma inmediata a informar la situación al sector Vacantes de la Junta de Clasificación Rama Secundaria para producir la desafectación del cargo correspondiente.
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