Ley 5248 del año 2017
Se establece la publicación obligatoria de información de ayuda, leyendas o frases con el objeto de informar, promover, difundir y concientizar sobre las violencias de género, en boletas de servicios, facturas y recibos impresos que emitan con una periodicidad mínima mensual, las empresas de servicios públicos, sean públicas o privadas y aquellas adjudicatarias de concesiones de servicios públicos. La información de ayuda deberá contener la mención de la línea telefónica gratuita con alcance nacional "144, Contención, Información, Asesoramiento para la prevención de las violencias de género”, páginas web, correos electrónicos y direcciones de los organismos públicos que asisten a las mujeres víctimas de violencias de género en nuestra provincia.
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