Resolución 1594 del año 2017
ESTABLECE que el método de examen único consistirá, en la aprobación del cursado del total (100 %) de las materias del campo de la formación específica y de la formación general, correspondiente al primer año de la carrera respectiva, con el cincuenta por ciento (50 %) de las materias con final aprobado, a la fecha de 31 de Diciembre del corriente año de inscripción. DETERMINA que los requisitos prescriptos por el Artículo 1° mencionado supra, tienen carácter excluyente y limitado, y el estudiante que se creyere con derecho de hacer uso bajo esta modalidad, solo tendrá una oportunidad para cumplimentar con los requisitos exigidos de admisibilidad a la educación de nivel superior. En consecuencia, no podrá en modo alguno, acumular o adicionar el cursado y/o aprobado de finales de las materias referidas, finalizado el ciclo lectivo, produciéndose sin más la caducidad de todo lo actuado, vencida la fecha de 31 de Diciembre del respectivo año de inscripción.
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