Resolución 139 del año 2013
CREA, a partir de la presente Resolución, con carácter de experiencia educativa, la propuesta denominada “Escuelas Secundarias para Jóvenes”. En el Anexo I de la presente Resolución, contiene la Delimitación de la problemática, fundamentación y Propuesta Curricular -Titulación, destinatarios, requisitos de inscripción, organización escolar, plan de estudios, metodologías y estrategias, espacios colectivos de trabajo, planta funcional, y orientaciones curriculares.- En el Anexo II fundamenta la localización de las “Escuelas Secundarias para Jóvenes” y numeración propia, en orden creciente correlativo. La edad mínima requerida para inscribirse como estudiante regular es de dieciséis (16) años, cumplidos al treinta (30) de junio del año calendario correspondiente a cada Ciclo Lectivo y hasta los veinte (21) años cumplidos al treinta (30) de junio del año calendario correspondiente a cada Ciclo.
ESTABLECE que el ingreso docente a las Escuelas Secundarias para Jóvenes se realizará a través de Asambleas y Actos Públicos y de acuerdo a la normativa vigente.
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