Ley 1794 del año 1984

Numero de la legislacion : 
1794
Tipo de Legislacion: 
Ley
relacionada con Ley 4660
Año: 
1984

Declara nulas e inexistentes por haber afectado al orden público normativo y ser instrumento de persecución política, gremial, religiosa y racial a las leyes número 931/74; 1149 y sus modificatorias número 1201; 1290; 1437; decretos, ordenanzas y resoluciones, como así también la aplicación concreta en el territorio provincial de la ley nacional número 21258; y toda resolución dictada en relación a las normas legales precedentes.  A quienes les hayan sido aplicadas dichas normas legales, por los motivos apuntados, en el ámbito de la administración pública provincial o municipal, gozarán de los siguientes beneficios:

 a)    Solicitar su reincorporación antes del 8 de junio de 1984.

 b)    Reconocimiento de su antigüedad a los fines previsionales, desde el momento de su prescindibilidad a la fecha de su reincorporación.

 c)    Pago de los aportes previsionales durante el período indicado en los términos del artículo octavo de la presente ley.

 d)    Reconocimiento de ascensos automáticos a los fines de la categorización y reubicación.

 e)    Régimen especial jubilatorio a los comprendidos en la ley nacional 21.258.

 f)    Contemplación del concepto docente no formulado.

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