Ley 4566 del año 2010

Numero de la legislacion : 
4566
Tipo de Legislacion: 
Ley
Relacionada Con la Ley N° 3691
Año: 
2010

Modifica el artículo 4°, 5° y 6° de la ley F nº 3691. Establece consideraciones en relación al estudio y la atención del niño/a dentro del establecimiento Educativo. Se establecen pautas para dicha atención. Incorpora artículos en la Ley F N° 3691. Establece que en los establecimientos educativos de todos los niveles, para el caso de alumnos madres y padres menores y mayores de edad, se les garantiza el derecho a concurrir a clases con sus hijos, por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas, extendiéndose a éstos los alcances del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 1117 del Código Civil, mientras permanezcan en los establecimientos educativos junto a sus padres. Determina además que las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los estudios de las alumnas luego de la maternidad. A tal fin, en los establecimientos educativos a los que concurran alumnas madres, se habilitarán salas de lactancia y la habilitación de Jardines Comunitarios por Localidad.

AdjuntoTamaño
Ley 4566 (Modifica los articulos 4º y 5º Leyes de Maternidad alumnos).pdf253.46 KB