Ley 2202 del año 1987
Numero de la legislacion :
2202
Tipo de Legislacion:
Ley
Año:
1987 Modificase los artículos 6º, 7º, 11 y 13 del Decreto-Ley Nº 399 , ratificado por Ley Nº 369 , los que quedarán redactados de la siguiente forma, entre otros: “Para ser Presidente o Vocal del Consejo Provincial de Educación se requiere ser argentino nativo o naturalizado con cinco años de ciudadanía en ejercicio".
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Ley 2202 (condicionesparaserPres.CPE).pdf | 78 KB |