Ley 3940 del año 2005
Numero de la legislacion :
3940
Tipo de Legislacion:
Ley
Año:
2005 En todo establecimiento público o privado en los que se realicen eventos y/o espectáculos públicos de concurrencia masiva, se deberá reservar una zona perfectamente delimitada, que cuente con fácil acceso, egreso y cuya ubicación garantice la visibilidad, para que sea ocupado en forma exclusiva por personas con discapacidad.
Histórica- Fusión en Ley 2055 , según Digesto Provincial por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)
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Ley 3940 (Discapacidad).pdf | 86.74 KB |