10.9.2 NIVEL SECUNDARIO: CEM Rural -CEM Virtual- ESRN VIRTUAL
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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2 | Resolución Anulada Ampliada por Resolución N° 296/10 y Resolución N° 305/13 Artículo 5° Derogado por Resolución N° 305/12- Investigacion llevada a cabo por Resolución N° 4405/16-Relacionada con Resolución N° 827/18 - Derogada por Resolución N° 1360/19 | 2864 | 2009 |
APRUEBA el Proyecto Educación Secundaria Rural “CEM RURAL entorno virtual” que, como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. DETERMINA en el marco de lo dispuesto en los artículos 68º, 69º y 70º de la Ley 2.444, el carácter experimental del proyecto el “CEM RURAL entorno virtual” a partir del ciclo lectivo 2010. CREA la figura del Maestro Coordinador de la unidad educativa en el paraje, con una carga horaria de ocho (8) horas reloj equivalentes a 2.500 puntos del nomenclador docente decreto 1095/92, La supervisión y seguimiento de la experiencia estará a cargo de la Dirección de Nivel Medio, la Coordinación de las Escuelas Secundarias en Transformación, Dirección de Escuelas Rurales de Meseta y Cordillera, Escuelas Hogares y Residencias Escolares y las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y de Planeamiento y Coordinación de Proyectos.
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1 | Resolución Modificado Anulado el artículo 2° por Resolución N° 138/13 | 235 | 2008 | APRUEBA el Diseño Curricular para el Ciclo Básico de las escuelas comunes involucradas en la TRANSFORMACIÓN DE LA ESCUELA SECUNDARIA RIONEGRINA construido a partir de los aportes surgidos en las distintas instancias colectivas de participación, que conforma el Anexo I de la presente resolución. APRUEBA además el Plan de Estudios/ Mapa Curricular para el Ciclo Básico de las Escuelas Comunes Diurnas involucradas en la TRANSFORMACIÓN DE LA ESCUELA SECUNDARIA RIONEGRINA, que integra el Diseño Curricular que obra como Anexo I de la presente resolución. DEJA SIN EFECTO los planes de estudio correspondientes al primer año de las escuelas que ingresan en el proceso de Transformación de la Escuela Secundaria para el presente ciclo lectivo, de segundo año para el ciclo lectivo 2009 y de tercer año para el ciclo lectivo 2010, por aplicación progresiva del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1º de la presente resolución. ENCOMIENDA a las Direcciones y áreas que correspondiere la elaboración de los proyectos que acompañen el proceso de implementación del presente Diseño Curricular, a los efectos de emitir las resoluciones respectivas.
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