2.10 Cooperativas. Cooperadoras Escolares

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
19Ley 49922014

Sustituye  el artículo 4º de la ley E nº 3163, el cual queda redactado de la siguiente manera:

 

 “             Artículo 4º.-         El Ministerio que por competencia de la respectiva Ley de Ministerios, tenga bajo su órbita el órgano local competente en materia cooperativa, de conformidad con la ley nacional nº 20337 (t.o.), habilitará una cuenta especial en la institución bancaria que opere como agente financiero de la provincia, para el movimiento de los fondos provenientes de las leyes nacionales nº 23427 y 20337”.

18Ley 48192012

Cooperadoras Escolares.

Artículos 205 a 209, de la Ley Orgánica de Educación que determinan la Organización de Cooperadoras Escolares

17Ley Nacional 267592012

El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizan -conforme la Ley de Educación Nacional 26.206- la participación de las familias y de la comunidad educativa en las instituciones escolares en general y, en particular, a través de las cooperadoras escolares, como ámbito de participación de las familias en el proyecto educativo institucional, a fin de colaborar en el proceso educativo de los alumnos y alumnas.

La implementación de las acciones previstas en la presente ley se regirá por los siguientes principios generales:

a)       Integración de la comunidad educativa.

b)       Democratización de la gestión educativa.

c)       Mejora de los establecimientos escolares.

d)       Fomento de prácticas solidarias y de cooperación.

e)       Promoción de la igualdad de trato y oportunidades.

f)        Promoción de la inclusión educativa.

g)      Defensa de la educación pública.

16Ley 46272010

La Provincia de Río Negro adhiere al “Año Internacional de las Cooperativas" proclamado por la Organización de la Naciones Unidas, a celebrarse en el año 2012.

15Resolución 15152007

CONFORMA en el ámbito de la Subsecretaría de Educación del Consejo Provincial de Educación - Ministerio de Educación de Río Negro, el REGISTRO DE COOPERATIVAS Y/O MUTUALES ESCOLARES y APRUEBA la “Reglamentación de Cooperativas Escolares” que como Anexo III se integra a la presente. APRUEBA la instrumentación de un libro de Registro de Cooperativas Escolares y del Modelo de Sello para protocolizar la inscripción de la personería escolar, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución. DEFINE que la Secretaría Técnica en Educación Cooperativa y Mutual o el organismo que en el futuro lo sustituya, será el órgano encargado de otorgar la personería escolar y el número de registro a aquellas instituciones que cumplan como mínimo con lo detallado en el ANEXO II de la presente Resolución. DETERMINAR que la denominación de la cooperativa escolar debe incluir la designación del establecimiento escolar y los términos “Cooperativa Escolar”, a los efectos de su distinción.

14Ley 35062001

Créase el Organismo Consultivo y Asesor del Gobierno de la Provincia de Río Negro en lo atinente al sector cooperativo, cuya denominación será Consejo Asesor Cooperativo, que actuará en forma coordinada con el órgano local competente.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

Créase el Organismo Consultivo y Asesor del Gobierno de la Provincia de Río Negro en lo atinente al sector cooperativo, cuya denominación será Consejo Asesor Cooperativo, que actuará en forma coordinada con el órgano local competente.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

13Ley 31631997

La  Provincia de Río Negro adhiere por la  presente  a  la ley nacional nº 23.427 Buscar ley de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa. Créase  la Comisión  Provincial Mixta de  Educación  y  Promoción Cooperativa que  estará  compuesta  por dos (2) representantes de la Dirección de Cooperativas,  Mutuales  y Entidades sin Fines de Lucro  u  organismo competente  en  materia cooperativa que en el futuro la  reemplace,  un (1) representante de la Federación de  Cooperativas  de  Río Negro y un (1) representante del Consejo Asesor Cooperativo  (ley nº 727 Buscar ley), comisión que tendrá a su cargo la  administración  y aplicación de los recursos que le corresponde  a la  provincia, en un todo de acuerdo con las finalidades establecidas en el artículo 1º de la ley nº 23.427 Buscar ley.

 

Economía y Planificación:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

La  Provincia de Río Negro adhiere por la  presente  a  la ley nacional nº 23.427 Buscar ley de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa. Créase  la Comisión  Provincial Mixta de  Educación  y  Promoción Cooperativa que  estará  compuesta  por dos (2) representantes de la Dirección de Cooperativas,  Mutuales  y Entidades sin Fines de Lucro  u  organismo competente  en  materia cooperativa que en el futuro la  reemplace,  un (1) representante de la Federación de  Cooperativas  de  Río Negro y un (1) representante del Consejo Asesor Cooperativo  (ley nº 727 Buscar ley), comisión que tendrá a su cargo la  administración  y aplicación de los recursos que le corresponde  a la  provincia, en un todo de acuerdo con las finalidades establecidas en el artículo 1º de la ley nº 23.427 Buscar ley.

 

 

12Ley 31191997

Créase el Programa Provincial de Miniemprendimientos Cooperativos Culturales Juveniles, en el ámbito de la Agencia Río Negro Cultura.

Las Cooperativas Culturales que se constituyan en el marco de la presente Ley deberán:

a)      Estar constituidas por jóvenes de hasta treinta (30) años y a los efectos legales la representación estará dada por mayores de veintiún (21) años o emancipados, de acuerdo a las leyes vigentes en la materia.

b)      Estar encuadradas en la normativa que rige la organización cooperativa, siendo su orientación específica la producción cultural.

 

Educación y Cultura:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

11Ley 26481993

Declara  de interés público las  cooperativas de trabajo en la Provincia de Río Negro. Las cooperativas de trabajo deberán sujetarse a  las disposiciones de la presente ley,  para poder obtener beneficios  impositivos,  otorgamiento de  líneas de crédito provinciales o cualquier otra medida dispuesta por el gobierno provincial  para  la promoción o fomento  de  las cooperativas.  Para  los efectos  de esta ley, se considerarán cooperativas de trabajo,  aquellas que se dediquen a la producción  de bienes,  a la transformación de productos,  a la prestación de servicios con el trabajo personal de sus asociados  -para sí o para terceros- utilizando medios y recursos  pertenecientes a la cooperativa.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

Declara  de interés público las  cooperativas de trabajo en la Provincia de Río Negro. Las cooperativas de trabajo deberán sujetarse a  las disposiciones de la presente ley,  para poder obtener beneficios  impositivos,  otorgamiento de  líneas de crédito provinciales o cualquier otra medida dispuesta por el gobierno provincial  para  la promoción o fomento  de  las cooperativas.  Para  los efectos  de esta ley, se considerarán cooperativas de trabajo,  aquellas que se dediquen a la producción  de bienes,  a la transformación de productos,  a la prestación de servicios con el trabajo personal de sus asociados  -para sí o para terceros- utilizando medios y recursos  pertenecientes a la cooperativa.

 

10Ley Modificado Ley Modificada por varias leyes y artículos sustituidos por Ley 4737. LEY SUSTITUIDA POR LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN N° 4819 24441991

Orgánica de Educación de Río Negro. Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal (Vigente) Sancionada el 09/10/1991- Promulgada el 21/10/1991 por Decreto Nº 1511/1991 Publicado en el Boletín Oficial del 24/10/1991 Pag.: 1 - Entrada en vigencia el 01/11/1991.

Educación y Cultura:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Fusión LEYES 2224 y 2822

 

9Ley Derogada Abrogada por Ley 3163 según ley 4270 y 4312 22481988

La Provincia de Río Negro se adhiere por la presente a la Ley No. 23.427 de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

8Resolución 19021988

Crea el “Registro Provincial de Cooperativas Escolares”  que estará a cargo de la Subdirección de Cooperativas Escolares. Están obligadas a registrarse todas las Cooperativas Escolares que se encuentren en funcionamiento a la fecha y las que se constituyan en lo sucesivo.

7Ley 234271986

Crea el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

6Ley Derogada Abrogada por Ley 2448 según Ley 4270 y 4312 19501985

Créase el Fondo de Apoyo Financiero a Cooperativas el cual será destinado al otorgamiento de préstamos reintegrables a cooperativas radicadas en el territorio de la Provincia. 

5Ley 19141984

Declara  de interés provincial la difusión y fomento del sistema cooperativo. 

 

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

 

Declara  de interés provincial la difusión y fomento del sistema cooperativo. 

 

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

 

4Resolución Derogada Por artículo 220 de la Ley 4819 4161977

Adopta para todos los establecimientos dependientes del Consejo Provincial de Educación  el Estatuto Único de Asociaciones Cooperadoras.

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