39.3 NIVEL SECUNDARIO- Evaluación, Acreditación, Certificación, Promoción, Exámenes Libres, Boletin de Calificaciones

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
124Resolución 51202021

APRUEBA el documento destinado a todos los niveles obligatorios y sus modalidades del Sistema Educativo Provincial sobre "EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA UNIDAD PEDAGÓGICA Y CURRICULAR 2020-2021", que, como Anexo I, forma parte de la presente resolución. DETERMINA los criterios orientadores para la evaluación, calificación, acreditación y promoción de las y los estudiantes de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial, para el período de finalización de la unidad pedagógica 2020-2021, que, como Anexos II, III, IV, V y VI, forman parte de la presente norma. ESTABLECE instancias de fortalecimiento de las trayectorias educativas para cada nivel y modalidad, según se detalla en los Anexos II a VI de la presente norma y FIJA el cierre de la unidad pedagógica y curricular 2020-2021 con perspectiva al Ciclo Lectivo 2022, para todos los niveles y modalidades obligatorios del sistema educativo provincial, conforme a la presente resolución.

123Resolución 3972021

Consejo Federal de Educación

Establece, a partir del trabajo de cada una de las jurisdicciones en relación con las trayectorias escolares reales en cada nivel y modalidad del sistema educativo argentino, criterios para la organización institucional pedagógica y administrativa del tramo final de la unidad temporal de los ciclos 2020/2021. Estos criterios interpretan los esfuerzos y decisiones desplegadas y avanzan sobre precisiones requeridas para un cierre conceptual y estratégico del período en curso. A tal fin, en los niveles inicial primario, secundario y modalidades, se considerará:

a) trayectoria sostenida, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes hubieren alcanzado una participación no menor al SETENTA POR CIENTO (70%) en las actividades de clase propuestas por la escuela donde está matriculado, en cualquiera de las formas de escolarización establecidas.

b) trayectoria intermitente, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes hubieran alcanzado una participación entre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y el SETENTA POR CIENTO (70%) en las actividades de clase propuestas por la escuela, en cualquiera de las formas de escolarización establecidas.

c) trayectoria de baja intensidad con registro en la escuela, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes se hayan inscripto en el ciclo lectivo 2021 y su participación en las actividades de clase propuestas por la escuela sea inferior al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) establecido, en cualquiera de las formas de escolarización previstas.

Define Sostener acciones para la revinculación efectiva de las y los estudiantes de nivel inicial, primario, secundario y modalidades que, por razones preexistentes a la pandemia o a consecuencia de ella, no hayan participado de las actividades escolares previstas en el primer semestre de 2021 y, por tanto, se consideren con trayectorias desvinculadas.

122Resolución vinculada a Resolución 1152/21 35612020

ESTABLECER a los ciclos lectivos 2020 -2021 como una unidad pedagógica, para todos los Niveles y Modalidades de la Educación Pública y de Gestión Privada del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro.

APRUEBA el Marco Jurisdiccional de Continuidad Pedagógica durante el ciclo lectivo 2020-2021, en todos los Niveles y Modalidades de la Educación Pública y de Gestión Privada de la Provincia de Río Negro, que como Anexo I forma parte de la presente.

ANEXO I: CONTINUIDAD PEDAGÓGICA

ANEXO II: NIVEL INICIAL

ANEXO III: NIVEL PRIMARIO

ANEXO IV: NIVEL SECUNDARIO

ANEXO V: PRIMARIA – JOVENES Y ADULTOS

ANEXO VI: EDUCACIÓN ESPECIAL

ANEXO VII: EDUCACIÓN SUPERIOR 

121Resolución 40012018

ESTABLECE, que para la elaboración del Reglamento Interno del Comité Académico (CA) se deben considerar las bases descriptas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.  DETERMINA, que cada Reglamento Interno del Comité Académico (CA) tendrá legitimidad a partir de la emisión por parte de la Dirección de Educación Secundaria de la Disposición de aprobación, la que tendrá una validez de dos (2) años. INDICA, que para la elaboración de los Dictámenes del Comité Académico se deben considerar las bases descriptas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

120Resolución ampliada por Resolución 4001/18 Deja sin efecto a a Resolución 3010/17 46172017

DEJA SIN EFECTO a partir del día anterior al inicio del ciclo lectivo Año 2018, en todos sus términos, la Resolución Nº 3010/17 por la que se aprobó el Régimen Académico (RA) para la Escuela Secundaria Río Negro –ESRN.

APRUEBA, a partir del inicio del Ciclo Lectivo Año 2018, el Régimen Académico (RA) para la Escuela Secundaria Río Negro –ESRN- que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

119Resolución Anulada por Resolución N°4348/17 41612017

RECTIFICA, a partir de la presente, el Anexo I de la Resolución Nº 3035/16, según el siguiente detalle:

Donde dice: Físico Matemática

Debe decir: Matemática y Física

RECTIFICA, a partir de la presente, el Anexo I de la Resolución Nº 3991/16, según el siguiente detalle:

Donde dice: Formación Específica Ciclo Orientado Físico-Matemática

Debe decir: Formación Específica Ciclo Orientado Matemática y Física

ESTABLECE, que los títulos a expedirse para la ESRN, son los que como Anexo I forman parte de la presente Resolución.

118Resolución Modificado La Resolución N°4617/17, la DEJA SIN EFECTO a partir del día anterior al inicio del ciclo lectivo Año 2018 30102017

APRUEBA, el Régimen Académico (RA) para la Escuela Secundaria Río Negro –ESRN- que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

El Régimen Académico (RA) es el que articula, integra y ordena una serie de normativas para la vida escolar delimitando las áreas de intervención, las responsabilidades individuales y colectivas y las formas de institucionalización del acto educativo en el que participan directivos, docentes, no docentes, estudiantes y familias.

117Resolución 4002017

Ministerio de Educación y Deportes

Solicita un tratamiento preferencial a las jurisdicciones provinciales y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en los trámites administrativos para el ingreso y egreso de los establecimientos educativos de gestión pública o privada para los estudiantes de Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior no Universitaria que ingresan al país mediante VISA HUMANITARIA otorgada por el PROGRAMA SIRIA.

Establece para los estudiantes aludidos en el artículo 1° que no cuenten con la documentación requerida por la autoridad educativa jurisdiccional para acreditar sus estudios, en el marco de la educación obligatoria, la posibilidad de rendir un examen global en el SERVICIO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (SEAD), a fin de posibilitar la prosecución de sus estudios.

116Resolución 3282017

Consejo federal de Educación

Modifica el formato de los certificados de estudios completos (Analítico) de educación secundaria y de educación superior de acuerdo al modelo del anexo que forma parte de la presente Resolución.

La emisión de los Certificados correspondientes a estudios completos o parciales de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las escuelas y los institutos de todo el país, se realizará además en forma digital con los diseños, formatos, plazos y procedimientos que se establezcan para el SInIDE a esos efectos.

A  partir del 1° de noviembre de 2019, la emisión de los certificados correspondientes a estudios completos o parciales de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las escuelas y los institutos de todo el país, se realizará únicamente en forma digital con los diseños, formatos, plazos y procedimientos que se establezcan para el SInIDE a esos efectos.

115Resolución 38712016

DEJA SIN EFECTO, a partir de la presente y en todos sus términos, la Resolución Nº 1430/99.

114Resolución 3122016

Consejo Federal de Educación

Modifica  el anexo de la Resolución del CONSEJO FEDERAL de EDUCACIÓN N° 59 de fecha 21 de agosto de 2008 en lo atinente al “Glosario” en la parte de “Certificados de Estudios”, estableciendo que “la certificación de estudios completos de educación secundaria y de educación superior se realizará a través de la presentación conjunta del certificado analítico y del título”.

113Resolución 3112016

Consejo Federal de Educación

Propicia  condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad. Aprueba el documento Anexo I “Promoción, acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad” y los anexo II, Anexo III y Anexo IV que forman parte de la presente resolución.

112Resolución 7552015

DETERMINA que en las mesas mensuales de exámenes del mes de marzo establecidas por Calendario Escolar, podrán solicitar ser incluidos todos los estudiantes que adeuden cuatro (4) unidades curriculares, posibilitando con ello la continuidad de la trayectoria escolar. Hasta  tanto esas mesas se concreten, los estudiantes en esa condición iniciarán el cursado del ciclo lectivo en el año en que estarían “repitiendo” y de lograr acreditar satisfactoriamente esa asignatura, promoverán al siguiente año de estudio. Los  estudiantes que cursan más de una vez, igual año de estudio, determina que se efectúe una trayectoria que implique un análisis comparativo de las asignaturas aprobadas en alguno de esos ciclos lectivos y otorgarles la calidad de aprobadas para ese año de estudio, por lo que la sumatoria de todos esos espacios curriculares podría colocar al estudiante en calidad de promovido al año de estudio siguiente. Se   considerará para el análisis únicamente el año de estudio completo y se registrará como calificación final la nota más alta obtenida en ellos y los espacios curriculares que no fueron aprobados en ningún ciclo lectivo de los cursados, serán considerados como previas.

 

111Resolución 32452014

DEROGA  la Resolución N° 1305/09 “Reglamento de asistencia de alumnos para las Escuelas Post Primarias” (Centros de Capacitación Técnica, Escuela de Aprendizajes de Oficios y Misión Monotécnica). APRUEBA el Anexo I: “Reglamento de asistencia, acreditación y promoción para Establecimientos Post Primarios” que forma parte de la presente Resolución. El  presente Reglamento será de aplicación en todos los Establecimientos y Planes de Estudios vigentes en los Centros de Capacitación Técnica, Escuelas de Aprendizaje de Oficios y Misiones Monotécnicas de la Provincia de Río Negro y comenzará  a aplicarse a partir del ciclo lectivo 2015 en toda la Provincia de Río Negro.

 Se debe diferenciar claramente los alcances y características de este reglamento para el caso de los/as estudiantes mayores de 18 años de edad y los menores de 18 años de edad. Los/as estudiantes comprendidos/as en el primer grupo mencionado tendrán un sistema de asistencia por asignatura y/o espacio curricular y los/as estudiantes comprendidos/as en el segundo grupo se encontrarán comprendidos/as en un sistema de asistencia por jornada escolar (ó turno escolar completo).

 CAPÍTULO III: DEL PERÍODO COMPLEMENTARIO DE APRENDIZAJE, EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y PROMOCIÓN

3.1 Será de aplicación lo establecido en las Resoluciones CPE N° 1788/09 y N° 3499/12.

110Resolución 35252013

DA DE BAJA la Resolución N° 3465/2011.  ESTABLECE que los estudiantes que hayan cursado un Trayecto Curricular del Nivel Secundario obligatorio, recibirán el Certificado Analítico que Acredite los espacios curriculares cursados y aprobados.

DETERMINA que el Certificado de Estudios deberá emitirse en las Planillas del Sistema Federal de Títulos, debiendo tener en cuenta el Modelo que se adjunta en el ANEXO I de la presente resolución.

ENCOMIENDA al Establecimiento educativo del Nivel Secundario a tener en cuenta las Orientaciones, pautas y criterios definidas en el seno del equipo de Apoyo a la inclusión del Estudiante, en el marco de la presente normativa, tal lo especificado en el ANEXO II.

109Resolución 35242013

APRUEBA  el Modelo de Certificado de Estudios para la Educación Secundaria en Contexto de Privación de libertad, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.

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