19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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13 | Ley Modificado Afectada por ley 4630 | 1037 | 1975 | Ley Nº 1037 Adopta Himno Provincial Oficial. Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal (Vigente ) Sancionada el 24/06/1975 Promulgada el 04/07/1975 por Decreto Nº 947/1975 Publicado en el Boletín Oficial del 24/07/1975 Pag.: 1 Entrada en vigencia el 01/08/1975 Autor/es: Hector Oscar OSAN |
12 | Ley Modificado por Ley 2753 | 868 | 1973 | Creación del IPROSS. Histórica- Abrogación expresa por ley 2753 , según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
11 | Ley Derogada | 369 | 1964 | Ratifica el Decreto Ley Nº 399 con las modificaciones que se aprueban en la Legislatura de la Provincia. Histórica- Abrogación expresa por Ley 2444 , según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
10 | Decreto Ley Anulada | 399 | 1963 | Crea el Consejo Provincial de Educación, determinando su conformación y atribuciones. |
9 | Ley Derogada | 227 | 1961 | Ley de educación de la Provincia de Río Negro. CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION-LEY EDUCATIVA-ENSEÑANZA. Histórica - Abrogación expresa por Ley 2444 , según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
8 | Ley | 46 | 1958 | Asígnase con carácter de subsidio, la suma de quinientos mil pesos moneda nacional (m$n.500.000), para la prosecución de las obras proyectadas en el edificio del Colegio Secundario Provincial "Manuel Belgrano",de la ciudad de Cipolletti, ubicado en la manzana 59 (cincuenta y nueve) con frente a las calles Miguel Muñoz y General Roca, y que se individualiza como parte de los lotes D-1 y A-2 del plano catastral de la Municipalidad del lugar. |
7 | Ley | 43 | 1958 | Acéptase la donación del lote número 6 de la quinta nº 16 de Cipolletti ofrecida por el Municipio de dicha localidad a la Provincia de Río Negro. Destínase la fracción de tierra a que se refiere el artículo anterior para la construcción del edificio de una Escuela Primaria Provincial. |
6 | Ley | 34 | 1958 | Créase en la ciudad de San Carlos de Bariloche, la Escuela Primaria Provincial nº 1 (uno), que llevará el nombre de "Juan Ramón Jiménez". El Poder Ejecutivo convendrá con la Comisión Vecinal de la Escuela particular existente en el Barrio Francisco Lera, la transferencia a la Provincia de la Escuela a su cargo, con todos sus bienes. |
5 | Ley | 30 | 1958 | En la ciudad de San Carlos de Bariloche, creánse cursos nocturnos industriales y comerciales, a partir del próximo período lectivo 1959 iniciándose cada uno oportunamente, con el primer año, e incorporando los siguientes a medida que transcurran los sucesivos períodos lectivos. Hasta tanto el orden educacional de la Provincia, cuente, con su propio sistema de planes y programas de estudio, exámenes y promociones, se adecuará lo que para tales cursos rige en el orden nacional. Dictándose desde el primer período indicado en el artículo anterior, el curso de Construcciones de Obras, continuando, según las necesidades, y requerimientos con el establecimiento de los cursos de las demás especialidades correspondientes a las ramas de la enseñanza a que el mismo artículo se refiere. |
4 | Ley | 24 | 1958 | Créase el Colegio Secundario Provincial de Bachilleres en Río Colorado, sobre la base del Instituto Mixto de Enseñanza que con carácter de adscripto funciona en dicha localidad. Mientras la Provincia no haya dictado sus propios planes y programas de estudios, reglamentos, régimen de exámenes, calificaciones y promoción, estarán en vigencia los de la Nación. |
3 | Ley | 23 | 1958 | Determina la instalación en los lugares más convenientes de dieciséis Escuelas Hogares para niños de ambos sexos, hijos de campesinos o de trabajadores rurales o urbanos. Establece procedimientos, programas, inspección y denominación de la primera Escuela Hogar. En las Escuelas Hogares se impartirá instrucción y educación a niños de ambos sexos de 6 a 14 años. Establece un orden de preferencia para la inscripción de los alumnos. Establece categorías urbanas y rurales. Define que la primera Escuela Hogar que se habilite llevará el nombre de “El Marucho”. TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Determina la instalación en los lugares más convenientes de dieciséis Escuelas Hogares para niños de ambos sexos, hijos de campesinos o de trabajadores rurales o urbanos. Establece procedimientos, programas, inspección y denominación de la primera Escuela Hogar. En las Escuelas Hogares se impartirá instrucción y educación a niños de ambos sexos de 6 a 14 años. Establece un orden de preferencia para la inscripción de los alumnos. Establece categorías urbanas y rurales. Define que la primera Escuela Hogar que se habilite llevará el nombre de “El Marucho”. TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). |
2 | Ley | 20 | 1958 | A partir del curso lectivo del año 1959, créanse cursos comerciales nocturnos en las localidades de General Roca, Viedma, Villa Regina y Cipolletti. Los cursos a crearse serán los correspondientes al primer año en la rama de la enseñanza mencionada en el artículo 1º, aumentando progresivamente a medida que transcurran los sucesivos períodos lectivos. |
1 | Ley | 6 | 1958 | El Poder Ejecutivo realizará un Censo General de la Provincia, abarcando todos sus aspectos humanos, patrimoniales, económicos, sociales, etcétera, comprendiendo sus diversas manifestaciones, actividades y posibilidades. |