Tal como se ha informado oportunamente los docentes titulares en el sistema educativo, en este caso en el Nivel Secundario, podrán participar del Segundo MOVIMIENTO de vacantes, de acuerdo a las normativas que se informan en el área de Legislación educativa y que se señalan en la presente información para una búsqueda directa para tener en cuenta:
1.- Ley 391 - Estatuto del Docente Capítulo XIV - Destino de las Vacantes - Artículo 38
2.- Resolución 4711/18 fechas del segundo movimiento
3.- Resolución 4712/18 sobre formulario para traslados definitivos.
4.- Resolución 1279/15 sobre restantes formularios para el movimiento.
5.- Resolución 4713/18 vacantes para el movimiento
Comisión Directiva Seccional Roca - Fiske Menuco-