Resolución 255 del año 2018

Numero de la legislacion : 
255
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2018

Ministerio de Trabajo

El CONSEJO DE SUSTENTABILIDAD PREVISIONAL, creado por el artículo 12 de la Ley N° 27.260, será presidido por el Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y en forma alterna, por el Sr. Secretario de Seguridad Social. Será facultad del Presidente del Consejo invitar a las organizaciones representativas de los trabajadores y empleadores, a los organismos e instituciones de la Administración Pública Nacional, a las organizaciones de la sociedad civil, a los organismos administradores de las Cajas o Institutos Provinciales o Municipales de Seguridad Social o de Profesionales y de Complementación Previsional, y al Órgano Consultivo de Jubilados y Pensionados de la República Argentina a nombrar representantes para integrar el CONSEJO DE SUSTENTABILIDAD PREVISIONAL. El Consejo será también integrado por personas de reconocido prestigio profesional y académico, tanto en el ámbito del derecho, de las ciencias sociales y económicas, los cuales serán convocados por el Presidente del Consejo. También será facultad del Presidente del Consejo invitar a legisladores, magistrados o académicos a participar de las reuniones. Los representantes de los sectores mencionados que se designen para conformar el Consejo, no podrán superar los VEINTICINCO (25) miembros.

La Secretaría de Seguridad Social elaborará en un plazo de treinta (30) días de publicación de la presente, la agenda de actividades y la nómina de los integrantes pertenecientes a los organismos competentes vinculados con el objetivo del citado Consejo. Deberá cumplir su cometido en un plazo de ciento ochenta (180) días contados desde la fecha de su constitución.

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