Decreto Nac. 632 del año 2018

Numero de la legislacion : 
632
Tipo de Legislacion: 
Decreto Nac.
Año: 
2018

Designaciones y contrataciones. Las Jurisdicciones y Entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, con excepción de la Agencia Federal de Inteligencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Servicio Penitenciario Federal, las Universidades Nacionales y las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido el personal civil de las citadas fuerzas, no podrán efectuar nuevas designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento presupuestarias o no presupuestarias, hasta el 31 de diciembre de 2019, prohibición que alcanza a:

a. Las designaciones a término en las Plantas Transitorias previstas por el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus complementarios;

b. Las contrataciones previstas en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164 y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002;

c. Las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual previstas en los artículos 90, 92 ter, 93 y 99 respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. Decreto N° 390/76);

d. Las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos previstas por el Decreto Nº 1109 del 28 de diciembre de 2017;

e. Las designaciones transitorias en cargos simples de planta;

f. contrataciones de personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.

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