Resolución 318 del año 2010

Numero de la legislacion : 
318
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2010

ESTABLECE,  a  partir  de  la  presente,  que  el  monto mensual, a reconocer en  concepto de compensación por movilidad docente (exceptuando la movilidad por función) no podrá superar en ningún caso el equivalente a la liquidación de 1000 kilómetros mensuales, en virtud a lo expuesto en los considerandos de la presente. Toda   excepción  deberá  ser  tramitada  y  otorgada por ante la  Vocalía del Consejo Provincial de Educación, a partir del análisis de las situaciones particulares, contando con la debida fundamentación de los responsables del Servicio involucrado (Director, Supervisor, Delegado, Dtor. Nivel) de forma tal que quede establecida  la razonabilidad de la propuesta por sobre las otras alternativas disponibles (vivienda, transporte público, transporte escolar, etc).

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