28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones. Certificaciones

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
289Circular 552022

CIRCULAR DP N°55/22

MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES DOCENTES- MENSUAL DICIEMBRE 2022 A ABONAR EN ENERO 2023

Mediante nota del Ministerio de Trabajo se informó que el índice de movilidad a aplicar a partir del 12/2022 sobre los haberes en prestación del Régimen Docente será del 20,15%.

Se abonará de acuerdo a la Resolución N° 1567/22 del MTE y SS, en el mensual Enero 2023.

288Circular 532022

CIRCULAR DP N° 53/22 - ANSES 

Ley 27675 Buscar ley-Régimen Previsional Jubilación Especial y Excepcional para personas con VIH y/Hepatitis B y/o C- Pautas Provisorias para el Inicio de la prestación.

Relacionada con la Ley Nacional N° 27675, los decretos reglamentarios N° 804 y 805/22; la Resolución N° 42/22 de la S.S.S. del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. 

 

287Circular 362022

ANSES

CIRCULAR DP Nº 36/22- INICIACIÓN DE RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ, MINUSVALÍA-LEY 20475 Buscar ley, CEGUERA-LEY 20.888 Buscar ley, PRESTACIÓN EDAD AVANZADA POR INVALIDEZ Y PENSIÓN DERECHOHABIENTE INCAPACITADO- OTORGAMIENTO DE TURNOS PARA ATENCIÓN EN TURNOS MEDICOS.

Procedimiento a llevar a cabo ante la presentación de una persona titular de derecho a solicitar alguna prestación con intervención de la Comisiones Médicas.

286Circular 282022

ANSES

CIRCULAR DP Nº 28/22 MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES DOCENTES - MENSUAL SEPTIEMBRE/2022

Mediante Nota NO-2022-80527048-APN-SSS#MT se informó que, el índice de movilidad a aplicar en 09/2022, sobre los haberes en prestaciones del Régimen Docente es del 40,05%. Por lo expuesto se brindan las pautas para su aplicación, en la circular adjunta.

285Circular 172022

INCREMENTO PARA JUBILACIONES Y PENSIONES

REGIMEN DOCENTE - DECRETO Nº 137/05 - MENSUAL JUNIO/2022

 Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones Docentes, operará en el mensual 09/2022, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones, teniendo en cuenta los nuevos valores de haber mínimos, máximos y de PBU que rigen a partir del mensual 06/2022.

Aplicado el procedimiento, en consecuencia, las personas beneficiarias de una prestación docente seguirán percibiendo en junio/2022, el mismo haber que en mayo/2022, con el importe actualizado de la PBU.

284Circular 42022

La información dada definió que la variación del índice de movilidad a aplicar en marzo de 2022 sobre los haberes en prestaciones del Régimen Docente es del 9,38 %. Aclara la Circular que si bien la variación informada para el segundo semestre de 2021 de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Docentes (RIPDOC) fue del 25,36%, hay que tener en cuenta que en el mes de diciembre de 2021, mediante Resolución N° 659/21 se otorgó un aumento del 14,61% en carácter de adelanto de lo que correspondía otorgar en Marzo 2022.

283Decreto Nac. 8052022

Aprueba la Reglamentación de la Ley N° 27.675 – LEY NACIONAL DE RESPUESTA INTEGRAL AL VIH, HEPATITIS VIRALES, OTRAS INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL –ITS– Y TUBERCULOSIS –TBC–, por la que se la declara de interés público nacional, que como ANEXO I   forma parte integrante del presente decreto.

282Decreto Nac. 8042022

Aprueba la Reglamentación del Capítulo VII de la Ley N° 27.675 - “LEY NACIONAL DE RESPUESTA INTEGRAL AL VIH, HEPATITIS VIRALES, OTRAS INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL ITYS- Y TUBERCULOSIS –TBC-”, que como ANEXO  forma parte integrante del presente.

281Ley Nacional Ley reglamentada por Decretos Nacionales N° 804 y 805/22 y vinculada a Resolución N° 42/2022 del MTN (SSS) 276752022

LEY NACIONAL DE RESPUESTA INTEGRAL AL VIH, HEPATITIS VIRALES, OTRAS INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL –ITS– Y TUBERCULOSIS –TBC

Declaración de Interés Público y Nacional – Atención- Derechos y medicamentos- 

280Mútiple 19372022

UnTER

Presentación del CDC sobre anticipo acordado de porcentaje de adelanto en haberes Jubilatorios, vinculado a Diciembre 2021 y Marzo 2022.

279Mútiple 52022

SOBRE RESOLUCIÓN N° 5933-2021

Información sobre la Resolución N°5933/21, sobre proceso para quienes estén en condiciones de acceder al Beneficio Jubilatorio y el trámite de Adhesión correspondiente.

278Resolución 39082022

RECTIFICA el Anexo IV de la Resolución N° 3762/22 que quedará redactado de acuerdo a lo establecido en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.

 

NORMAS BÁSICAS PARA TRAMITACIÓN DE LA JUBILACIÓN DOCENTE – Octubre 2022 -

Resumen de normas básicas 

 

277Resolución Modificado por Resolución N° 8041/23 37652022

RECTIFICA los ANEXOS I, II y III de la Resolución N° 5933/21, los que quedaran redactados de acuerdo a los ANEXOS I, II y III, y que forman parte integrante de la presente resolución.

276Resolución Modificado Por Resolución N°3908/22 37622022

RECTIFICA los Anexos I, II y III de la Resolución N° 1938/22 que quedaran redactados de acuerdo a los Anexos I, II y III que forman parte integrante de la presente resolución.

APRUEBA el Anexo IV, que forma parte integrante de la presente resolución correspondiente a los derechohabientes.

275Resolución Modificado Vinculada a Resoluciones N° 5933/21 y 1222/22. Rectificada por Resolución N°3762/22 19382022

APRUEBA el procedimiento de “Régimen Voluntario de Regularización de Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social bajo el Régimen Especial para Docentes jubilados o sus derechohabientes creados por Decreto Nº 137/05” que deberán suscribir las y los docentes rionegrinos jubilados o sus derechohabientes que soliciten el reajuste de su haber previsional en virtud de haber percibido conceptos no remunerativos en su salario en actividad no considerados en el “Régimen Especial para Docentes” (Decreto Nº 137/05), el que como Anexo I forma parte de la presente. APRUEBA la Solicitud de Adhesión firmada que como Anexo II, forma parte de la presente y el Modelo de Acuerdo Individual de Pago que como Anexo III se adjunta al presente.

INSTRUYE al Área de Liquidaciones del Ministerio de Educación y Derechos Humanos para que realice los ajustes presupuestarios correspondientes y DETERMINA que una vez que se realicen los ajustes correspondientes se deberá comunicar a la Secretaría de la Función Pública a los fines de que realice las rectificaciones en los formularios 931 que expide la AFIP

274Resolución Vinculada a Resolución N° 30/11 (SSS) 15672022

Ministerio de Trabajo y Empleo y Seguridad Social

 Sustituye el artículo 5° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 30 del 28 de septiembre de 2011, por el siguiente:

 

“ARTÍCULO 5°. Establécese que para los beneficios alcanzados por el Suplemento “Régimen Especial para Docentes” se otorgará la siguiente actualización:

a) en el mes de marzo de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que

se registre entre los meses de septiembre y diciembre del año anterior;

b) en el mes de junio de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que

se registre entre los meses de diciembre del año anterior y marzo del corriente año;

c) en el mes de septiembre de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC)

que se registre entre los meses de marzo y junio del corriente año;

d) en el mes de diciembre de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC)

que se registre entre los meses de junio y septiembre del corriente año.”

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