Prorroga por 12 meses el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera y administrativa del sector público de la Provincia de Río Negro, dispuesta por Ley 2881 , Ley 2989 , decreto 531/97 y Decreto Ley 2/98.
Establece la suspensión de la aplicación de los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 3238 para aquellos agentes que se hallaren comprendidos dentro de los alcances del Decreto - Ley 6/98 hasta la sanción legislativa de los regímenes estatutario y escalafonario reformulados. La presente norma entra en vigencia a partir del 3/3/99.
Crea las Direcciones de Organización y Recursos humanos en cada uno de los Comités Institucionales, las que tendrán a su cargo la administración de los sistemas de estructuras organizativas, de recursos humanos y de administración salarial de todos los sectores.