Decreto provincial 80 del año 2009

Numero de la legislacion : 
80
Tipo de Legislacion: 
Decreto provincial
Año: 
2009

Establece a partir del 01 de Abril de 2.009, como Haber máximo a abonar en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y Sociedades del Estado Provincial y aquellas donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, el haber correspondiente al Cargo de Gobernador. Se entenderá por “Haber” a la remuneración bruta mensual, normal y habitual percibida por las personas comprendidas en el presente Decreto, Excluidas las Asignaciones Familiares, adicionales o suplementos fijados por horarios, extensión horaria, guardia activa y/o actividad asistencial pasiva, compensaciones por gastos y todo monto abonado en concepto de premios o estimulo. La presente norma será de aplicación para todo el Personal del Poder Ejecutivo Provincial, de los Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos y Reguladores; para los Directores, Gerentes, Síndicos y Empleados de las Sociedad del Estado Provincial y aquellas en donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, cualquiera sea su objeto y naturaleza jurídica; a excepción del Personal comprendido en la Ley L N° 679.

AdjuntoTamaño
DECRETOS80y812009Boletin4713.pdf332.9 KB