10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
4Resolución 8041985

Adopta transitoriamente para las escuelas Industriales el Reglamento Generalde los Establecimientos del Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET)- año 1965 -, sin perjuicio de las normas complementarias que se dicten. Se aplicará en los Establecimientos dependientes de la Provincia, con exclusión de los Centros de Capacitación Anexos.

3Ley Nacional 192061971

Modifica la Ley 15240 Buscar ley del año 1959, en los artículos 1 a 4. 

Gobierno de Facto – Lanusse- Malek (Ministro de Educación)- 2/9/1971

Publicada en Boletín Oficial del 15-9-1971: 

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/7044613/19710915

 

2Resolución 621966

CREA en la Ciudad de Viedma una Escuela Industrial con especialidad Mecánica y de acuerdo con los planes y programas del orden Nacional. Crea para el ciclo lectivo 1966, un curso de perfeccionamiento Nocturno para Adultos en la especialidad de Construcciones. 

1Ley Nacional Modificado los artículo 1° a 4° inclusive por Ley N° 19206 (1971) 152401959

15-11-1959 – Boletín Oficial  21 de Enero de 1960

Crea el Consejo Nacional de Educación Técnica, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION que se compondrá por UN (1) Presidente especializado en educación técnica designado por el Poder Ejecutivo Nacional y OCHO (8) miembros designados también por el Poder Ejecutivo, en la siguiente forma: TRES (3) vocales elegidos entre quienes se hallan en el ejercicio de la función docente en la educación técnica, UN (1) vocal en representación y a propuesta del MINISTERIO DE TRABAJO, UN (1) vocal en representación y a propuesta de las Asociaciones Profesionales docentes de actuación en el ámbito del Consejo, DOS (2) vocales en representación y a propuesta de las Asociaciones Empresarias, UN (1) vocal en representación y a propuesta de la central obrera reconocida o en su defecto de un gremio de trabajadores ligados a la educación técnica y constituido conforme a las disposiciones de la Ley 14.455.

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