15 ESTATUTO DEL DOCENTE: Contrato de trabajo. Normas modificatorias
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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50 | Resolución | 3549 | 2005 | Determina que el cargo de Secretario de Establecimientos de Nivel Medio contemplado en el inciso f del Artículo 99 del Estatuto (Ley 391 ), será calificado como jerárquico por la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria. Establece procedimientos para la designación de este cargo jerárquico. |
49 | Resolución | 2909 | 2005 | Modifica el inciso a) del artículo 1º de la Resolución 1221/96 fijando un plazo mínimo entre la renuncia y el tiempo de solicitud para la reincorporación y además que la renuncia no se origine en un traslado interjurisdiccional. |
48 | Ley | 3857 | 2004 | Implementa los métodos de Resolución Alternativa de conflictos en el ámbito educativo de la Provincia. La Resolución Alternativa de Conflictos se implementa: Como modalidad de abordaje de los conflictos en todos los niveles del sistema educativo; Como contenido de la estructura curricular de la formación docente y Como instancia previa y/o durante al sumario administrativo. El Consejo Provincial de Educación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Educación y cultura: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Implementa los métodos de Resolución Alternativa de conflictos en el ámbito educativo de la Provincia. La Resolución Alternativa de Conflictos se implementa: Como modalidad de abordaje de los conflictos en todos los niveles del sistema educativo; Como contenido de la estructura curricular de la formación docente y Como instancia previa y/o durante al sumario administrativo. El Consejo Provincial de Educación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
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47 | Resolución | 1899 | 2003 | Establece que los docentes con cambio de funciones determinado por el Artículo 6º de la Resolución 233/98 no sufrirán merma en su retribución mensual, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 6° DEL ESTATUTO DEL DOCENTE.
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46 | Resolución Derogada por Resolución N° 1301/20 | 2775 | 2001 | Establece que los docentes de enseñanza media que han titularizado cargos directivos y decidan no desempeñar las horas cátedra acumuladas hasta el máximo compatible u opten por la dedicación exclusiva, de acuerdo a los términos que preceden, podrán retener dichas horas cátedra en el marco de la presente Resolución. |
45 | Resolución | 2329 | 2000 | Autoriza a los médicos coordinadores dependientes del programa de Salud Laboral a realizar los exámenes psicofísicos al personal Docente cuyas reincorporaciones (ARTÍCULO 37° LEY 391 ) y designaciones fueran propuestas por la Junta de Clasificación correspondiente. |
44 | Ley | 25170 | 1999 | Sustituye el artículo 11 de la Ley 19.524, de régimen de escuelas de zonas y áreas de frontera, por el siguiente: “El personal docente deberá ser argentino nativo, por opción o naturalizado y cumplir con las demás exigencias establecidas en la jurisdicción respectiva para el ingreso y ascenso en la carrera docente.”. |
43 | Resolución | 3846 | 1999 | Autoriza en forma excepcional a los Médicos Coordinadores del programa de Salud Laboral a realizar los exámenes Psicofísicos al personal Docente cuyas reincorporaciones fueron aconsejadas por las Juntas respectivas. |
42 | Resolución | 3703 | 1999 | Establece pautas para desplazamiento de cargos del ETAP en aquellos casos que ingresa personal titular designado por acumulación. |
41 | Resolución | 3456 | 1999 | Establece en función de los ARTÍCULOS N° 38 Y N° 55 del Estatuto del Docente que será destinado a acumulación el 10% del total de las vacantes publicadas para los movimientos de traslados definitivos, acrecentamientos, reincorporaciones y acumulaciones en las ramas de Nivel Inicial, Primario y Media. Se relaciona con el artículo 1° de la Resolución 2248/99. |
40 | Resolución | 2248 | 1999 | Establece que el docente Titular podrá acumular cargos u horas cátedra hasta el máximo compatible previsto en el ARTÍCULO 55 DE LA LEY N° 391 , en igual o distinta rama de la Enseñanza.
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39 | Ley Anulada por Ley 4099 | 3025 | 1996 | Sustituye inciso d) Artículo 56 de la Ley 391 - Estatuto del Docente. |
38 | Ley Anulada Histórica - Fusión | 3023 | 1996 | Sustituye el artículo 9º, inciso l) de la Ley 391 , modificado por Ley 2445 y sustituye el texto del artículo 59, inciso j) de Ley 391 , modificado por Ley 2445 , en relación a Juntas de Clasificación y de Disciplina. Establece además la autorización a dictar el texto ordenado de la Ley 391 . Fusión en Ley 391 , según Digesto Provincial por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
37 | Resolución Modificado por Resoluc 2909/05 . Ampliada por Resolución N° 1279/15 | 1221 | 1996 | Fija pautas para reincorporación del personal Docente en los Niveles Inicial, Primario y Medio - |
36 | Resolución | 1007 | 1996 | Deroga La Resolución 1330/87. Establece que la Junta de Clasificación para la Enseñanza Inicial y Primaria adecuará los listados de Ascensos, correspondientes al 31-12-1995 a lo especificado en el ARTÍCULO 72° de la LEY N° 391 - Estatuto del Docente-
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35 | Ley Derogada abrogación expresa | 2789 | 1994 | Determina como no obligatoria la condición establecida en el inciso a) del artículo 12 del estatuto para personal que se desempeñe en cargos estrictamente artísticos en el INSA. Abrogación implícita por Ley 3283 . Abrogación expresa, según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |