LEY NUMERO 2789
SANCIONADA: 23/06/94
PROMULGADA: 27/06/94 - DECRETO NUMERO 1045
BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3169
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- No será obligatoria la condición establecida en
el inciso a) del artículo 12 de la ley nº 391,
para el personal docente que se desempeñe en materias y car
gos estrictamente artísticos en el Instituto Nacional Supe
rior de las Artes, transferido a la Provincia de Río Negro
por convenio del 27 de octubre de 1992, sobre la base de la
ley nº 24049, cuando las condiciones artísticas relevantes
del aspirante así lo aconsejen.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
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