12 EDUCACIÓN PRIVADA: Inscripción y funcionamiento de Establecimientos privados
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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15 | Resolución | 437 | 1996 | Determina Registro de Escuelas Privadas sin subsidio Estatal, Establecimientos Arancelados. |
14 | Disposición | 7 | 1995 | Requisitos para organismos privados para ingresar a la Red Federal de Capacitación- RFFDCCJ. |
13 | Ley | 24483 | 1995 | A los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica que gocen de personalidad jurídica pública en la Iglesia Católica, admitidos por la autoridad eclesiástica competente conforme al artículo V del Acuerdo entre la República Argentina y la Santa Sede aprobado por la Ley 17.032, les será reconocida la personalidad jurídica civil por su sola inscripción en un registro que se llevará en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. El mismo régimen se aplicará a las distintas provincias o casas que gocen de personalidad jurídica autónoma, conforme a sus reglas, constituciones o estatutos y lo pidan expresamente. |
12 | Nota Múltiple | 1027 | 1994 | Dirección de Personal. - Requisitos para certificación de Servicios Docentes que se remitan para autenticar firma. |
11 | Resolución | 1190 | 1994 | Determina registro de Escuelas Públicas de Gestión Privada con subsidio estatal. |
10 | Resolución | 433 | 1994 | Autoriza el funcionamiento de la Escuela Privada Cooperativa Casaverde de General Roca. |
9 | Resolución | 311 | 1994 | Crea la Dirección de Enseñanza Privada dependiente de la Dirección General de Educación. |
8 | Ley | 2655 | 1993 | Ratifica el convenio de transferencia de establecimientos educativos firmado el 27-10-92, en cumplimiento de la Ley Nacional 24049. TransferenciaEscuelas.pdf" target=_blank>TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312, Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). |
7 | Resolución | 2061 | 1993 | Trámites para Certificados Analíticos de Escuelas Privadas de Nivel Primario y Medio transferidas. |
6 | 0 | 1992 | Convenio de Transferencia de Servicios educativos.-27-10-92. | |
5 | Ley Nacional | 24049 | 1992 |
Faculta al Poder Ejecutivo Nacional a transferir, a partir del 1 de enero de 1992, a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, los servicios educativos administrados en forma directa por el Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo Nacional de Educación Técnica, así como también las facultades y funciones sobre los establecimientos privados reconocidos, en las condiciones que prescribe esta ley. |
4 | Resolución Anulada por 1963/96 | 2000 | 1992 | Régimen de inscripción y funcionamiento de Establecimientos Privados. |
3 | Ley Modificado Ley Modificada por varias leyes y artículos sustituidos por Ley 4737. LEY SUSTITUIDA POR LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN N° 4819 | 2444 | 1991 | Orgánica de Educación de Río Negro. Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal (Vigente) Sancionada el 09/10/1991- Promulgada el 21/10/1991 por Decreto Nº 1511/1991 Publicado en el Boletín Oficial del 24/10/1991 Pag.: 1 - Entrada en vigencia el 01/11/1991. Educación y Cultura: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007). Fusión LEYES 2224 y 2822
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2 | Ley | 2164 | 1987 | Ratifica en todos sus términos el Convenio celebrado el 18 de noviembre de 1986 entre el señor Gobernador de la Provincia y el Obispado de Viedma que como anexo se agrega y forma parte de la presente Ley. Establece que el personal de los establecimientos incorporados al régimen del Convenio a que se refiere el artículo anterior, tendrá derecho a acogerse a los beneficios sociales y previsionales determinados en las leyes Nº 868 y 2092, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Convenios Interjurisdiccionales: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312, Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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1 | Ley Nacional | 13047 | 1947 |
Los establecimientos privados de enseñanza, cualquiera sea su naturaleza y organización, ajustarán sus relaciones con el Estado y con su personal, a las prescripciones de la presente Ley. A los efectos de la aplicación de esta Ley, el Poder Ejecutivo llevará un registro de todos los establecimientos privados de enseñanza y de su personal, y clasificará a los establecimientos en: a) Adscritos a la enseñanza oficial b) Libres c) Establecimientos privados de enseñanza en general
ACTUALIZACIÓN DE NORMAS AL AÑO 2020 Normas que complementan a la Ley Nacional de Educación Privada |