11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
367Resolución 52252019

DEJA sin efecto en todos sus términos las Resoluciones Nº 723/14; Nº 1295/14 y Nº 1966/15, CPE referidas al recurso de apoyo. CREA, desde el 02 de agosto de 2019 y hasta el 31 de diciembre 2019, un (1) Cargo CÓDIGO 81.1, en la Supervisión Primaria Zona I- de Cinco Saltos- CUE 6290054; como Recurso de Apoyo para el Docente LÓPEZ, Samuel Jesús. ESTABLECE que la aplicación de la presente norma no modifica la continuidad del personal que se desempeña en el cargo mientras mantenga el derecho al mismo. DETERMINA las funciones del Recurso de Apoyo según lo enunciado en el Anexo I de la presente Resolución. El cargo creado se cubrirá con el Listado de Maestro Preceptor Nivel Primario- Modalidad Especial., si existiera la vacancia.

366Resolución 36082019

ESTABLECE los códigos vigentes para los Centros de Educación Técnica de la Provincia de Rio Negro que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución; los códigos vigentes para los Centros de Capacitación Técnica con especialización en Construcción; los códigos vigentes para los Establecimientos de Nivel Medio de Jóvenes y Adultos y los códigos vigentes para la Escuela Secundaria Rionegrina en sus distintas orientaciones que se detallan en el Anexo IV de la presente Resolución. En aquellas ESRN de más de una orientación, se mantienen los códigos establecidos por Resolución 3028/18.

365Resolución 30282019

ESTABLECE los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN que poseen más de una orientación según se detallan en el Anexo I de la presente Resolución.

364Resolución 13602019

Vinculada a Resoluciones 827/18 y 2123/19 Buscar ley

DEJA SIN EFECTO, en todos sus términos a partir del día anterior a la asamblea de interinatos y suplencias del ciclo lectivo 2019, las Resoluciones Nº 2864/09, Nº 584/10, Nº 1976/11, Nº 2042/11, Nº 1160/12, Nº 1686/12, Nº 1966/12, Nº 305/13, Nº 820/13, Nº 1352/14, Nº 551/15, Nº 646/16, Nº 694/17 y toda norma que se anteponga a la presente. DEJA SIN EFECTO, en todos sus términos, los artículos Nº 7, Nº 8, Nº 9 y Nº 10 de la Resolución Nº 827/18.

La propuesta educativa ESRN Rural Virtual está dirigida a todos/as los/las adolescentes y jóvenes que residen en los parajes rurales, alejados de zonas urbanas y que no posean otra oferta educativa del nivel en el paraje. APRUEBA, la caracterización del puesto de trabajo de los/las tutores/as de la ESRN Rural Virtual que figuran en el ANEXO I de la presente.

ESTABLECE que cuando hubiera estudiantes en inclusión y una matrícula superior a 20 inscriptos, entre Ciclo Básico y Ciclo Orientado, el/la tutor/a deberá documentar la matrícula, según LUA – SAGE, y enviar el Informe Psicopedagógico obrante en el legajo del estudiante y/o el certificado de discapacidad correspondiente, a la Supervisión de Educación Secundaria. El equipo Supervisivo evaluará la situación y emitirá informe que elevará a la Dirección de Educación Secundaria a los efectos de aprobar la designación de un/a nuevo/a tutor/a si así correspondiere.

La carga horaria del/la tutor/a de Anexo/Sede de la ESRN Rural Virtual será de ocho (8) horas reloj, cargo a término y de cumplimiento en la sede. La ESRN Rural Virtual Sede Central, funcionara en tres turnos:  mañana de 8 a 13 hs., tarde de 13 a 18 hs. y vespertino de 17 a 22 hs.

363Disposición 12018

 Dirección General de Educación - Consejo Provincial de Educación - 

 Establece opinión y criterios sobre el quite de @ (Resolución N°4407/17), sobre artículo 15 de la Resolución N°233/98 y sobre el artículo 28 de la Resolución N°1080/92 (TO Resolución N°100/95)

362Resolución 54482018

PRORROGA por excepción la Resolución N° 2897/18 del Consejo Provincial de Educación hasta el 30 de junio de 2019, la fecha límite para la presentación de los títulos correspondientes ante las Juntas de Clasificación, en relación al Postítulo: “Actualización Académica: Subjetividades, sexualidades y géneros en la escuela hoy”.

361Resolución 53622018

DEJA SIN EFECTO las Resoluciones Nº 331/14, Nº 1926/15, Nº 4403/16, en todos sus términos.

Los Trabajadores Y Trabajadoras de la Educación que se encuentren usufructuando licencia Artículo 1°, 2° y 6° de la Resolución N° 233/P/98, Artículo 35º de la Resolución N° 233/P/98 incorporado por Resolución Nº 471/16, Resolución N° 1077/15 de Licencia por Paternidad, Resolución N° 2060/16 por la cual se adhiere a la Ley Provincial N° 5059 de Asistencia Integral de los Agentes con diagnóstico de enfermedades neoproliferativas malignas o enfermedades graves con carácter progresivo y la Ley Provincial Nº 5244 de atención y cuidados de familiares con discapacidad, podrán hacer reserva de nuevos cargos u horas cátedra, según la normativa vigente, hasta la finalización del año calendario en curso en el que hizo la reserva, y dicha reserva sólo se realiza en las asambleas presenciales de interinatos y suplencias”.

360Resolución Vinculada a la Resolución N° 4746/21 53612018

RECTIFICA EL ARTÍCULO 6° de la Resolución N° 914/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 6°. -ESTABLECER, que la autorización de aceptación mencionada en los Artículos 2° y 3° de la presente Resolución, para cada caso, tendrá validez por un (1) período escolar completo y hasta la finalización de la inscripción ordinaria del período escolar siguiente. En ningún caso serán valoradas por las Juntas de Clasificación, para un mismo título, nuevas constancias emitidas con fecha actualizada.”

 

INSTRUYE a las Juntas de Clasificación de cada Nivel a mantener a los docentes con Título en trámite en los listados de Interinatos y Suplencias, indicados con @ por el tiempo establecido en el art 1º de la presente.

359Resolución 53602018

La resolución 3438/11 crea los cargos de Maestro de apoyo a la Inclusión (MAI) y de Técnico de Apoyo en la Escuela (TAE) figuras indispensables para la inclusión escolar. Que en acuerdo con la UnTER – Unión de Trabajadores/as de la Educación- se avanza en incorporar al punto 39 de la Resolución N°1080/92-TO Resolución 100/95, las ausencias a cubrir para garantizar la continuidad de procesos educativos.

INCORPORAR a la Resolución Nº 1080/92- Texto Ordenado Resolución Nº 100/95- Capítulo V punto 39, el inciso b.4 que quedará detallado de la siguiente manera:

Maestro de Apoyo a la inclusión en Discapacidad mental, auditiva, visual, motora y en Discapacidad Auditiva –Intérprete de Señas: dos (2) días. Técnico de Apoyo en la Escuela: cinco (5) días.
358Resolución 44112018

AUTORIZA, a las Supervisiones de Educación Inicial, Primaria y Secundaria a quitar la condicionalidad en sus cargos u horas cátedra a los docentes que, al momento de su designación, se encontraban en los Listados para Interinatos y Suplencias señalizados con un @ y que hayan presentado su título a la Supervisión respectiva.

ESTABLECE que las condicionalidades a las que hace referencia el Artículo 1º deberán quitarse antes de la primera Asamblea Pública de designaciones para interinatos y suplencias, del año próximo inmediato.

357Resolución Derogada por Resolución N° 2419/21 44092018

MODIFICA el procedimiento de legalización de Títulos de Educación Secundaria y de Educación Superior Terciarios/Universitarios emitidos por otras jurisdicciones, el que será llevado a cabo por la Dirección General de Educación a través de la Comisión Permanente de Análisis y Estudio de Títulos, a los fines de verificar su autenticidad y validez confrontando las firmas de las autoridades con las que obran en el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu).

ESTABLECE que el acto administrativo mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución, será un trámite estrictamente obligatorio y personal, siendo requisito ineludible para la Inscripción en las Juntas de Clasificación correspondientes, que permiten el ejercicio de la docencia en el territorio provincial. DETERMINA el procedimiento para el cumplimiento de lo estipulado en la presente, por lo que debe ser remitido el título original, solo uno por sobre, acompañado con fotocopia legalizada del DNI. Dicha presentación debe ser entregada personalmente o por correo privado (en caso de contratarse el servicio de correo deberá contar con el retorno pagado con anticipación). Los sobres se dirigirán a la Comisión Permanente de Análisis y Estudio de Títulos,

Álvaro Barros 439 (8500) Viedma – Río Negro, en cualquier época del año.

Los títulos sin legalizar, incluidos por excepción en los listados de aspirantes para interinatos y suplencias durante los períodos 2017-2018, deberán cumplimentar lo requerido en el Artículo 1º de manera indispensable, a los efectos de acceder a la elección de cargos correspondientes a las Asambleas de Interinatos y Suplencias del 2019.

356Resolución 32152018

DEJA SIN EFECTO, a partir de la presente, el Anexo I de la Resolución Nº 1753/18, que establecía la organización curricular y de funcionamiento de los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos de la Provincia de Río Negro.

APRUEBA, a partir de la presente, la organización curricular y de funcionamiento de Los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos de la Provincia de Río Negro que, como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

DEJA SIN EFECTO, a partir de la presente, el Anexo IV de la Resolución Nº 1753/18 y APRUEBA, a partir de la presente, el Dispositivo de Designación de Cargos de Maestros/as Especiales para los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos de la Provincia de Río Negro que, como Anexo II, forma parte de la presente Resolución.

355Resolución vinculada a Resolución N° 5448/18 28972018

ESTABLECE por excepción, que los docentes egresados de la Primera Cohorte del Postítulo: “Actualización académica: Subjetividades, sexualidades y géneros en la escuela hoy”, emitidos por el Instituto de Formación Docente Continua de San Antonio Oeste, podrán inscribirse en el Listado de Aspirantes a Interinatos y Suplencias para el Ciclo Lectivo 2019, con la presentación de Certificado Analítico y Constancia de Título en Trámite. ESTABLECE que la excepción tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha límite para enviar los títulos correspondientes ante las Juntas de Clasificación. AUTORIZA a las Juntas de Clasificación a efectuar la Clasificación del Postítulo mencionado en Artículo 1° de la presente.

354Resolución 26742018

Concurso de Ascenso de Jerarquía de Cargos Intermedios para el Nivel Secundario de la Modalidad de Educación Técnica Profesional- La Ley 391 Buscar ley Estatuto del Docente

AUTORIZA, a partir de la presente, al Área de Desarrollo dependiente de la Dirección General de Educación, a realizar los cambios necesarios en el Sistema de Clasificación para incluir a los docentes que titularizaron en el 1er Concurso de Ascenso de Jerarquía de Cargos Intermedios para el Nivel Secundario de la Modalidad de Educación con Técnica Profesional, como Jefe General de Enseñanza Práctica y/o el de Coordinador de Escuela Agropecuaria, en los listados de Ascenso para cargos Directivos en los establecimientos que se desempeñan.

DETERMINA que la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria, emita los nuevos listados de Ascenso para cargos Directivos de los Centros de Educación Técnica para el Ciclo 2018 una vez realizado los cambios en el Sistema de Clasificación.

353Resolución 25282018

MODIFICA la fecha de Inscripción de Aspirantes a Interinatos y Suplencias ante la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria período 2018, para el Ciclo 2019, desde el lunes 18 de junio hasta el martes 17 de Julio de 2018, inclusive.

352Resolución Modificado por Resolución N°3215/18 17532018

APRUEBA, a partir del Ciclo Lectivo 2018, la implementación de la presente Normativa Regulatoria de los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos de la provincia de Río Negro. A partir del Ciclo Lectivo 2018, que todos los Talleres Laborales vigentes, dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos, quedarán sujetos a la implementación de la presente normativa. La duración de los proyectos de capacitación laboral será de un (1) año como máximo, con 10 horas cátedra semanales para todos los Talleres Laborales que se ofrezcan en las Escuelas de Educación Básica de Adultos. Los proyectos de Talleres Laborales presentados ante la Dirección de Educación Técnica, de Jóvenes y Adultos y Formación Profesional y aprobados por Resolución del Consejo Provincial de Educación, pertenecen a las Escuelas de Educación Básica de Adultos y forman parte del Proyecto Educativo Institucional. La organización curricular y de funcionamiento de los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos como Anexo I, forma parte de la presente Resolución. El Anexo II que forma parte de la presente Resolución, en el cual se establece el perfil de los/as estudiantes de los Talleres Laborales y los requisitos de inscripción. Los criterios de evaluación, acreditación y certificación de Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos son los especificados en el Anexo III de la presente Resolución. A partir del Ciclo Lectivo 2018, el dispositivo de designación de Cargos

de Maestros/as Especiales para los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos que se estable en el Anexo IV de la presente Resolución.

A partir del Ciclo Lectivo 2018, las funciones específicas de los/as Maestros/as Especiales para los Talleres Laborales dependientes de las Escuelas de Educación Básica de Adultos, se establecen en el Anexo V de la presente Resolución.

Certificado de los Talleres Anexo VI.

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