10.7 NIVEL INICIAL
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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104 | Resolución | 3939 | 2016 | ESTABLECE los lineamientos generales para la transición de planes de estudios de la carrera de “Profesorado de Educación Inicial” aprobado por Resolución Nº 1530/09 al “Profesorado de Educación Inicial” aprobado por Resolución Nº 4242/15, según la tabla obrante en el Anexo I de la presente. |
103 | Resolución | 1363 | 2016 | CREA con carácter de experiencia educativa un ESPACIO DE CUIDADO Y JUEGO para hijos/hijas de estudiantes del Instituto de Formación Docente Continua de la localidad de San Carlos de Bariloche. CREA a partir de la presente y hasta el día anterior a la Asamblea Presencial para cubrir cargos de interinatos y suplencias, establecido por Calendario Escolar 2017 -2018, en la Supervisión de Educación Inicial Zona III de San Carlos de Bariloche, los siguientes cargos para su funcionamiento: Un (1) cargo de maestro/a de sección de Jardín Maternal - Jornada simple – Turno vespertino nocturno Un (1) cargo de maestro/a preceptor/a de Jardín Maternal - Jornada simple– Turno vespertino nocturnoEste espacio de cuidado y juego funcionará en el Jardín de Infantes Nº 44 de San Carlos de Bariloche, en el horario de 18:00 a 23:00 horas. |
102 | Resolución | 311 | 2016 | Consejo Federal de Educación Propicia condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad. Aprueba el documento Anexo I “Promoción, acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad” y los anexo II, Anexo III y Anexo IV que forman parte de la presente resolución. |
101 | Resolución Relacionada con Resolución N° 3939/16 y N° 3940/16 | 4242 | 2015 | APRUEBA el Diseño Curricular Jurisdiccional para la Formación Docente: Profesorado de Educación Inicial, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El título a otorgar será: “Profesor/a de Educación Inicial”. |
100 | Resolución | 247 | 2015 | Consejo Federal de Educación Aprueba el cuadernillo pedagógico “Práctica Diaria de la Lectura en las Escuelas” y las “Planificaciones y Recomendaciones correspondientes a la Educación Inicial, la Educación Primaria y la Educación Secundaria”, que como anexos forman parte de la presente resolución. Anexo 1: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01.pdf Anexo 2: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02.pdf Anexo 3: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01g.pdf Anexo 4: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02g.pdf Anexo 5: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_03g.pdf Anexo 6: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04g.pdf Anexo 7: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05g.pdf Anexo 8: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_06g.pdf Anexo 9: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_07g.pdf Anexo 10: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01a.pdf Anexo 11: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02a.pdf Anexo 12: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04a.pdf Anexo 13: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05a.pdf |
99 | Ley Modificado por ley 5230 y por Ley Provincial N° 5553 | 4986 | 2014 | Crea en el territorio de la Provincia de Río Negro, en el ámbito del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el “Programa Provincial de Información, Concientización y Prevención del Grooming” (ciberacoso), en estrecha relación con la ley de Educación Nacional n° 26206, la ley Orgánica de Educación de Río Negro F n° 4819, la ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes n° 26061, la ley Provincial D n° 4109, la ley del Programa Nacional de Educación Sexual Integral n° 26150 y la Convención Internacional de Derechos de Niños. |
98 | Ley Nacional | 27064 | 2014 | Regulación y Supervisión de Instituciones de Educación no Incluidas en la Enseñanza Oficial. La presente ley tiene por objeto regular las condiciones de funcionamiento y supervisar pedagógicamente las instituciones no incluidas en la enseñanza oficial que brindan educación y cuidado de la primera infancia desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad. Estas instituciones podrán ser de gestión estatal, privada, cooperativa y social. Dichas instituciones podrán pertenecer a organizaciones con y sin fines de lucro, sociedades civiles, gremios, sindicatos, cooperativas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones barriales, universidades, comunitarias y a otras similares. |
97 | Ley Nacional | 27059 | 2014 | Instituye el día 28 de mayo de cada año como el Día Nacional del Docente de Nivel Inicial, en conmemoración de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza. La celebración establecida por la presente ley no implicará el cese de las actividades escolares de nivel inicial. |
96 | Ley Nacional | 27045 | 2014 | Declara obligatoria la educación inicial para niños/as de cuatro (4) años en el sistema educativo nacional y sustituye los artículos 16, 18 y 19 de la Ley de Educación Nacional 26.206. |
95 | Resolución | 2937 | 2014 |
CREA el cargo de Secretario, en las Instituciones de Educación Inicial de la Provincia de Río Negro, según las reglamentaciones vigentes (Plantas Orgánicas Funcionales). DETERMINA que al cargo de Secretario le corresponderá una valoración de ochenta (80) puntos más a los establecidos para el cargo de Maestro de Sección (1995 puntos), a los fines de su incorporación al nomenclador docente, y al pago de los haberes correspondientes. |
94 | Resolución | 2783 | 2014 | ADHIERE e IMPLEMENTA, “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, aprobado mediante Resolución Nº 727/09 del Ministerio de Educación de la Nación. DECLARA de Interés Educativo al programa nacional “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, destinada a todas las Instituciones Educativas Públicas Estatales, de todos los niveles y modalidades (Adultos y Especial), debiéndose conformar la Mesa Socioeducativa para la Prevención del Abandono Escolar. CONVOCA a las Instituciones Educativas Públicas Estatales de todos los niveles y modalidades que decidan participa del Programa Prevención del Abandono Escolar, a la presentación de PROYECTOS SOCIO EDUCATIVOS PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR, como fundamento para el trabajo territorial desde los ámbitos de las Mesas Socioeducativas, donde serán: evaluados, planificados y ejecutados con financiamiento de acuerdo a lo establecido por el Programa Nacional. GARANTIZA la participación en los encuentros provinciales y nacionales del Programa Prevención del Abandono Escolar a todos los referentes institucionales de cada jurisdicción. ENCUADRA el desarrollo del Programa Prevención del Abandono Escolar como actividades educativas de los Directores, Docentes y Alumnos Parlamentarios de las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades correspondientes a todas las jurisdicciones de la provincia |
93 | Resolución | 2500 | 2014 | APRUEBA el Reglamento General de Escuelas que se constituye como el instrumento de la Ley N° 4819 conforme a sus principios, y estableciendo criterios generales en función del cumplimiento de sus metas educativas, que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. El presente Reglamento General de Escuelas establece los criterios y lineamientos generales que orientarán el funcionamiento pedagógico y administrativo de todas las escuelas rionegrinas de la provincia de todos los niveles y modalidades. El mismo será la base sobre la cual se elaborarán las reglamentaciones específicas de todos los niveles y modalidades del sistema. La Secretaría de Educación generará un proceso de debate y recepcionará los aportes a través de las Supervisiones y Direcciones Escolares, que realicen las instituciones, docentes, estudiantes y familias para la redacción de un Reglamento Escolar Básico Específico. El Consejo Provincial de Educación será el encargado de la elaboración de todas las Resoluciones necesarias que complementen la presente. |
92 | Resolución Anulada por Resolución N° 3955/17 | 2496 | 2014 | APRUEBA EL RÉGIMEN ÚNICO DE INSCRIPCIÓN EN LA EDUCACIÓN INICIAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO.
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91 | Resolución | 233 | 2014 | Consejo Federal de Educación Apoya la decisión adoptada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL de incorporar a la Educación Obligatoria la sala de cuatro (4 años) y de universalizar la sala de tres (3) años del Nivel Inicial, en la convicción de que significa una nueva medida de justicia social y de calidad educativa, que profundiza las políticas que se vienen desarrollando tendientes a garantizar el cumplimiento del derecho a la educación en la República Argentina, fortaleciendo la unidad pedagógica que comprende a los niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días a cinco (5) años de edad. Apoyar la creación del Fondo de Infraestructura financiado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, para la construcción y equipamiento de los espacios necesarios para cumplir los objetivos planteados. El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN elaborará una agenda que contenga las medidas pedagógicas y socioeducativas que posibiliten afianzar la unidad del Nivel Inicial. |
90 | Resolución | 539 | 2013 |
DEROGA en todos sus términos la Resolución Nº 661/12. APRUEBA la Normativa Jurisdiccional del Proyecto “Centros de Actividades Infantiles” (CAI), expresada en el Anexo I de la presente resolución. DESIGNA al Equipo Jurisdiccional responsable de la implementación y evaluación del Proyecto y APRUEBA la Normativa Jurisdiccional para la designación de los Equipos institucionales en cada una de las sedes, según lo establecido en el Anexo I de la presente resolución, el listado de las 40 sedes donde funcionarán los CAI, que como Anexo II forma parte de la presente resolución; el protocolo para la elaboración de los proyectos socioeducativos CAI y los criterios de evaluación de los mismos, según lo establecido en el Anexo III de la presente y el instructivo de Rendición de Aportes CAI, explicitado en el Anexo IV de la presente. |
89 | Resolución | 518 | 2013 |
CREA una nueva estructura dentro de la Educación Inicial, compuesta por las niñas y los niños comprendidos entre los cuarenta y cinco (45) días a los cinco (5) años de edad. DENOMINA a estas nuevas unidades educativas ESCUELAS INFANTILES. Los criterios pedagógicos y físicos se detallan en general para toda la Educación Inicial en la Resolución Nº 1713/97 y los específicos se encuentran en el ANEXO I de la presente Resolución. |