Ley 4979 del año 2014

Numero de la legislacion : 
4979
Tipo de Legislacion: 
Ley
Año: 
2014

Sustituye el artículo 1° de la ley provincial n° 3283, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Créase el Instituto Universitario Patagónico de las Artes (IUPA), como Persona Jurídica de Derecho Público, en el carácter y con el alcance previstos en las normas de los Capítulos 1°, 2°, 3° y 4º del Título IV, y en especial el artículo 29 de la ley nacional n° 24521 y/o la que se dicte en lo sucesivo, asegurando el pleno goce de la autonomía”.

Sustituye el artículo 6° de la ley provincial F n° 3283, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidos con las correspondientes partidas del Presupuesto General de la provincia, que asigne anualmente, de conformidad al status jurídico que se crea por la presente ley de acuerdo al nivel educativo superior alcanzado. Todo, de conformidad con el artículo 59 de la ley nacional nº 24521 y/o la que se dicte en lo sucesivo, asegurando el pleno goce de la autarquía económico-financiera”.

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