2.8 Calendario escolar

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
149Resolución 37322012

DETERMINA que a partir de la presente la Escuela Primaria Nº 332 del Paraje Lipetrén Chico, correspondiente al Consejo Escolar Sur I de Ingeniero Jacobacci, a partir del ciclo lectivo 2013 comenzará a funcionar dentro del Período Escolar Febrero-Diciembre, en virtud de los considerandos expuestos.

148Resolución 37312012

DETERMINA que a partir de la presente la Escuela Hogar Nº 173 del Paraje El Caín, correspondiente al Consejo Escolar Zona Sur II, a partir del ciclo lectivo 2013 comenzará a funcionar dentro del Período Escolar Febrero-Diciembre, en virtud de los considerandos expuestos.

147Resolución 37302012

DETERMINA que a partir de la presente la Escuela Hogar Nº 307 del Paraje Lipetrén Grande, correspondiente al Consejo Escolar Sur I de Ingeniero Jacobacci, a partir del ciclo lectivo 2013 comenzará a funcionar dentro del Período Escolar Febrero-Diciembre, en virtud de los considerandos expuestos.

146Resolución Modificado se deroga el Artículo 3°, por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 37002012

APRUEBA para todos los Niveles y Modalidades de la Educación, el CALENDARIO ESCOLAR 2013/2014, que obra en los ANEXOS que se detallan y que integran la presente resolución:

ANEXO I NORMAS GENERALES DE APLICACIÓN

ANEXO II MARCO INSTITUCIONAL

ANEXO III ACTIVIDADES INSTITUCIONALES Y DOCENTES MENSUALES

ANEXO IV CONMEMORACIONES

DEJA  SIN EFECTO los Artículos 2º, 3º y 4º de la Resolución 2680/08 a partir del 25 de febrero de 2013.

RATIFICA  del Anexo I de la Resolución 4057/12 Título I Disposiciones para los estudiantes regulares, los Capítulos I, II, III, IV y V.

 DETERMINA  que las actividades el Período Septiembre-Mayo 2013-2014 serán establecidas por Resolución del CPE una vez finalizado el proceso de revisión en el que se encuentra. DENOMINAR a partir de la presente Resolución PERÍODO LECTIVO COMÚN al que hasta la fecha era nombrado Período Marzo-Noviembre.  DENOMINAR a partir de la presente Resolución PERIODO LECTIVO CON RECESO INVERNAL EXTENDIDO al que hasta la fecha era nombrado Período Febrero-Diciembre.

 

145Resolución 34022012

INCLUIR en el Artículo 2º de la Resolución Nº 3180/12 a los Establecimientos de Educación Secundaria, que determina como fecha para la 5º Jornada Institucional el día 04-12-12 en virtud de los considerandos expuestos.

144Resolución 31802012

ESTABLECE que las Escuelas de Educación Especial, correspondientes al Período Escolar Marzo-Noviembre, finalizarán el Ciclo Lectivo el día 30

de Noviembre de 2012, por los considerandos expuestos.

143Resolución 25442012

ESTABLECE  el día 11 de Septiembre de 2012 como Asueto Escolar para todos los Niveles y Modalidades. DETERMINA que la Jornada para el debate de la nueva Ley de Educación trasladada por Resolución Nº 2489/12 al día 20 de Septiembre, se realizará el día 21 de Septiembre de 2012.

142Resolución 24892012

MODIFICA  la fecha de la jornada para el debate de la nueva Ley de Educación establecida mediante Resolución Nº 890/12, modificada por Resolución Nº 2038/12, trasladándola al día 20 de Septiembre de 2012.

El  28 de Agosto de 2012, los Establecimientos de Educación Inicial y Primaria realizarán un espacio Institucional y los establecimientos de Educación Secundaria una Jornada de Debate de la Nueva Escuela Secundaria y el 14 de Septiembre de 2012, los establecimientos de Educación Secundaria, Superior y de Educación Básica de Adultos, organizarán una jornada de debate con los estudiantes, de dos horas reloj por turno, para realizar aportes para la nueva Ley de Educación.

141Resolución 20392012

DETERMINA  que el jueves 2 de Agosto de 2012 los establecimientos de  Educación Secundaria, Superior y de Educación Básica de Adultos, organizarán una jornada de debate con los estudiantes, de dos horas reloj por turno, para realizar aportes para la nueva Ley de Educación.

140Resolución 20382012

ESTABLECE que la 2ª jornada para el debate de la nueva Ley de Educación se realizará el 28 de agosto de 2012 en todos los establecimientos educativos de la provincia.

139Resolución 20182012

ESTABLECE  que los Establecimientos Educativos comprendidos en la Resolución Nº 2005/12, que consideren la posibilidad de presentar una propuesta alternativa consensuada con la comunidad de recuperación de días, objetivos y contenidos deberán elevarla, a través de la Supervisión correspondiente, a la Secretaria de Educación del Ministerio hasta el día 10 de Julio del corriente. La  Secretaría de Educación será la responsable de evaluar y dictaminar sobre la pertinencia de los planes de recuperación presentados por cada establecimiento escolar.

138Resolución 20172012

EXCLUYE, del Anexo I de la Resolución Nº 2005/12 al CEM Nº 101, de Villa Regina, por los considerandos expuestos.

137Resolución 20162012

EXCLUYE del Anexo I de la Resolución Nº 2005/12 al CEM Nº 11 de Villa Regina, por los considerandos expuestos.

136Resolución 20152012

EXCLUYE del Anexo I de la Resolución Nº 2005/12, al Centro de Educación Técnica Nº 5 de Cinco Saltos, por los considerandos expuestos.

135Resolución 20142012

EXCLUYE del Anexo I de la Resolución Nº 2005/12, al Centro de Capacitación Técnica Nº 3 de Cinco Saltos, por los considerandos expuestos.

134Resolución 20052012

DETERMINA que los establecimientos educativos que en el Anexo I se detallan, continuarán con el dictado de clases durante el receso de invierno.

© Legislación educativa de Río Negro es un proyecto de Héctor L. Roncallo y se encuentra protegido por la Ley 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y por el decreto 165/94 (Protección del software y base de datos). El autor no se hace responsable por aquellos cambios en la Legislación que pudieran surgir entre los períodos de modificación de datos. Los enlaces externos son responsabilidad de sus respectivos autores.