33 SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable- Cargas horarias-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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202 | Resolución Derogada por Resolución N° 4400/16 | 2853 | 2010 |
ESTABLECE, a partir de la presente, la compatibilidad en 35 (treinta y cinco) horas cátedra para los docentes que se desempeñan en Nivel Medio, o 1 (un) Cargo y 15 (quince) horas cátedra en el mismo o distinto nivel, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 2433/10 de la Secretaría de Trabajo - Homologación acuerdos alcanzados el día 23 de Noviembre de 2010 y los considerandos expuestos. |
201 | Resolución | 2433 | 2010 |
Secretaría de Trabajo de Río Negro- Homologa acuerdo paritarios alcanzados con fecha 23 de Noviembre de 2010 donde se acuerda entre la UnTER y el Ministerio de Educación establecer la compatibilidad en 35 horas cátedra para los docentes que se desempeñen en el Nivel Medio o un cargo y 15 horas cátedra. La homologación es de fecha 30 de Noviembre de 2010. |
200 | Resolución Derogada por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 | 1730 | 2010 |
CREA a partir de la presente Resolución el cargo Referente Pedagógico Regional para las Escuelas de Jornada Extendida con una equivalencia a 3900 puntos, Decreto 1095/92,
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199 | Resolución | 1726 | 2010 |
APRUEBA el Plan para la igualdad educativa para la población de San Carlos de Bariloche que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. CREA la figura de Educador Comunitario, cuyo perfil y funciones se detallan en el Anexo II de la Resolución. |
198 | Resolución | 1270 | 2010 |
DETERMINA transitoriamente el valor índice de 3850 puntos para el cargo De Jefe General de Enseñanza Práctica Agropecuaria de Jornada Completa. |
197 | Resolución Modificado por Resolución N° 1743/12 | 730 | 2010 |
DEJA SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución Nº 750/96.-APRUEBA el formulario de RECIBO DE HABERES y ESTABLECE que el RECIBO DE HABERES será entregado a través del establecimiento con el menor código de liquidación.
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196 | Resolución Derogada Ampliada por Resolución 2853/10- y anulada por Resolución N° 4400/16 | 321 | 2010 |
ESTABLECE en un todo de acuerdo a la Resolución N° 047/10 de la Secretaría de Trabajo - Homologación Acuerdo Paritario - en 35 horas cátedras el máximo compatible para el Cargo Docente o Cargos Docentes para las Escuelas de Transformación de Educación Secundaria, de acuerdo a la constitución de dicha estructura definida en la normativa específica para tal efecto. DETERMINA a partir de la aplicación de la presente normativa que se establecerá para el Cargo Docente determinadas compatibilidades y alternativas. |
195 | Resolución | 132 | 2010 |
Asignaciones Familiares - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) entregará al adulto responsable titular de la Asignación por Hijo para Protección Social, por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, la "LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACION" por la que se acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714. La acreditación en la libreta del requisito correspondiente al ciclo escolar estará a cargo de las autoridades del establecimiento educativo al que concurra el niño, niña o adolescente. |
194 | Resolución Ampliada por Resolución N° 2433/10 (ST) | 47 | 2010 |
HOMOLOGA los acuerdos alcanzados entre la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro (Un.T.E.R.) y el ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro en la reunión paritaria de fecha 29 de Diciembre de 2009.
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193 | Decreto Nac. | 1729 | 2009 |
Los montos de las Asignaciones Familiares contempladas en la Ley Nº 24.714, serán los que surgen de los Anexos I, II y III del presente decreto y será de aplicación para determinar el derecho a percibir las Asignaciones Familiares que se devenguen a partir del mes de octubre de 2009. |
192 | Decreto Nac. | 1602 | 2009 |
Incorpora como inciso c) del artículo 1º de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorios, el siguiente texto: “c) Un subsistema no contributivo de Asignación Universal por Hijo para Protección Social, destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en la República Argentina, que no tengan otra asignación familiar prevista por la presente ley y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.”
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191 | Decreto provincial | 80 | 2009 | Establece a partir del 01 de Abril de 2.009, como Haber máximo a abonar en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y Sociedades del Estado Provincial y aquellas donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, el haber correspondiente al Cargo de Gobernador. Se entenderá por “Haber” a la remuneración bruta mensual, normal y habitual percibida por las personas comprendidas en el presente Decreto, Excluidas las Asignaciones Familiares, adicionales o suplementos fijados por horarios, extensión horaria, guardia activa y/o actividad asistencial pasiva, compensaciones por gastos y todo monto abonado en concepto de premios o estimulo. La presente norma será de aplicación para todo el Personal del Poder Ejecutivo Provincial, de los Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos y Reguladores; para los Directores, Gerentes, Síndicos y Empleados de las Sociedad del Estado Provincial y aquellas en donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, cualquiera sea su objeto y naturaleza jurídica; a excepción del Personal comprendido en la Ley L N° 679. |
190 | Decreto provincial | 4 | 2009 | Sustituye el Artículo 1° del Decreto N° 227/07, que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1°.- Establecer, a partir del 1° de Enero de 2009, los siguientes montos para las asignaciones familiares: …”, determinando que Tendrán derecho a percibir asignaciones familiares aquellos Agentes y Autoridades Superiores cuya retribución bruta sea igual o inferior a PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ( $4.800,00), conforme las consideraciones del Artículo 2° de la Ley L N° 4.101”. |
189 | Ley | 4406 | 2009 | Prorrógase desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2009, la vigencia de la Emergencia del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, declarada por la ley H N° 3628, en los términos allí establecidos. |
188 | Ley | 4404 | 2009 | Prorroga desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2009 el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera, administrativa y salarial del sector público de la Provincia de Río Negro, dispuesta por la Ley H N° 2.881. Faculta al Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado a reglamentar la aplicación de la presente. |
187 | Resolución | 2406 | 2009 |
RECTIFICA el Artículo 1º de la Resolución Nº 1036/09 que quedará redactado como a continuación se detalla: "ARTICULO 1º.- RECLASIFICAR a partir del mes de Mayo de 2009 a la Escuela Primaria Nº 103 Costa del Río Azul – El Bolsón, modificando lo establecido en la Resolución Nº 2787/02, ubicándolo en el grupo “D” (80%), por los considerandos expuestos." |