23 MOVILIDAD DOCENTE: Bonificación. Procedimientos

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
38Resolución 8972010

DA  CONTINUIDAD a los  términos  fijados  por las  Resoluciones  Nº  709/09,  945/09 y 1091/09 de acuerdo a lo establecido por la Ley 4059 Buscar ley y Decreto Provincial Nº 530/08, de compensación por movilidad.

37Resolución 3182010

ESTABLECE,  a  partir  de  la  presente,  que  el  monto mensual, a reconocer en  concepto de compensación por movilidad docente (exceptuando la movilidad por función) no podrá superar en ningún caso el equivalente a la liquidación de 1000 kilómetros mensuales, en virtud a lo expuesto en los considerandos de la presente. Toda   excepción  deberá  ser  tramitada  y  otorgada por ante la  Vocalía del Consejo Provincial de Educación, a partir del análisis de las situaciones particulares, contando con la debida fundamentación de los responsables del Servicio involucrado (Director, Supervisor, Delegado, Dtor. Nivel) de forma tal que quede establecida  la razonabilidad de la propuesta por sobre las otras alternativas disponibles (vivienda, transporte público, transporte escolar, etc).

36Resolución CONTINÚA por resolución N° 897/10 10912009

AUTORIZA,  con   carácter   de  excepción,   hasta   el  10   de  Julio  del   presente año inclusive, a permutar sus respectivos cargos y/o horas cátedra al personal docente  interino de  los establecimientos de Nivel Inicial, Primario y sus modalidades y Medio localizados en la Delegación Regional de Educación Valle Medio I.  ESTABLECE que sólo se  podrá  solicitar  permuta  en  cargos  y/o  horas Cátedra interinos de igual jerarquía y denominación, al sólo efecto de solucionar problemas de distancia, entre Localidades y/o Zonas Rurales,  y siempre que los docentes se encuentren en situación activa.

35Resolución 9492009

APRUEBA para el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los docentes del Establecimiento Ubicado en la Delegación Regional de Educación Alto Valle Este I – (Esc. Primaria 169 a CEM 111 y Colegio San Miguel)

34Resolución CONTINÚA por resolución N° 897/10 9452009

APRUEBA a partir de la presente y por el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los Establecimientos de la Delegación Regional Andina con valor pasaje colectivo, en función del artículo 2° de la Resolución 709/09.

33Resolución Excepciones por Resoluciones N° 945 y 949/09 - CONTINÚA por resolución N° 897/10 7092009

APRUEBA  a  partir de la presente y por el año 2009  para  los establecimientos de los períodos febrero - diciembre  y  marzo - noviembre  la  Nómina  de  los  establecimientos  y/o   servicios  educativos  dependientes del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación – en condiciones del reconocimiento, cuando corresponda, de la Compensación por Movilidad  dispuesta por la Ley 4059 Buscar ley y Decreto Reglamentario N° 530/08 en función de la localización de los establecimientos o servicios educativos de todos  los  niveles  y modalidades del Sistema Educativo Rionegrino, según los Anexos que se detallan en la misma. ESTABLECE  que   las Delegaciones  Regionales  de  Educación elevarán a  la Vocalía del Consejo Provincial de Educación, los casos específicos y excepcionales que no se encuadren en los criterios del Decreto 530/08, Buscar leypara su consideración y posterior tratamiento y definición.

32Decreto provincial 5302008

Aprueba la Reglamentación de la Ley 4059 Buscar ley, de compensación de movilidad en función de la localización de los Establecimientos o servicios Educativos.

31Resolución 17392008

DEROGA en todos sus términos la Resolución N° 124/06, por los considerandos expuestos, que determinaba pautas para computar inasistencias a los docentes de establecimientos rurales alejados de centros urbanos con entidad bancaria,  los días que debían percibir sus haberes.

30Resolución 28762007

Ministerio de Educación de Río Negro – Incorpora en el listado de Establecimientos comprendidos en el Anexo I de la Resolución 1851/06 al CEM N° 100, a la Escuela Primaria N° 87 y a la Residencia de Nivel Primario del Paraje “EL CUY”.

29Resolución 24302007

Ministerio de Educación  de Río Negro – Incorpora en el listado de establecimientos comprendidos en el anexo I de la Resolución N° 1671/06 al CEM N° 119 del Paraje Mallín Ahogado.

28Ley Reglamentada por Decreto N° 530/08 40592006

Establece  a partir del 1º de enero de 2006, la compensación por movilidad docente como la compensación que el Ministerio de Educación, en uso de las facultades que le otorga la presente, puede asignar al personal docente para garantizar la cobertura del servicio educativo, en casos específicos y con carácter excepcional.

Función Pública:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

 

27Resolución 19372006Ministerio de Educación  de Río Negro – Establece un valor de $ 0.32 centavos por cada kilómetro  recorrido o proporcional en concepto de consumo de combustible, amortización y mantenimiento del vehículo para los Establecimientos Educativos del Paraje Casa de Piedra, a partir del 6 de Octubre de 2006.
26Resolución 19262006

Establece un valor de 0.35 pesos por cada kilómetro recorrido para la escuela Primaria Nº 97 de Chelforó de la DRAVE, de acuerdo al anexo que figura en la presente Resolución.

25Resolución 19252006

Establece un valor de 0.32 pesos por cada kilómetro recorrido para establecimientos educativos de la Localidad de El Cuy - DRAVE, de acuerdo a las Escuelas que figuran en el Anexo de la presente Resolución.

24Resolución 18512006

Ministerio de Educación de Río Negro - Deroga la Resolución 1743/06 del Ministerio, estableciendo en concepto de compensación por Movilidad Docente el 25% valor litro de nafta Súper en Viedma por kilómetro recorrido en concepto de consumo de combustible, amortización y mantenimiento del vehículo particular y hasta tanto se reglamente la Ley 4059 Buscar ley, en los Establecimientos Educativos de la Delegación Sur, Alto Valle Este, Atlántica, Andina y Andina Sur, que se detallan en el anexo de la normativa.

23Resolución Anulada Resolucion 1851/06 17432006Ministerio de Educación- Pago Movilidad- Establece para Establecimientos Educativos detallados en el Anexo I y que pertenecen a las Delegaciones Regionales Sur, Atlántica, Andina, Andina Sur y AVE  un valor de $ 0.49 por cada kilómetro recorrido, otorgando un 25% del valor del litro de nafta súper en la ciudad de Viedma. Modifica para algunos Establecimientos la Resolución Nº 1671/06.
© Legislación educativa de Río Negro es un proyecto de Héctor L. Roncallo y se encuentra protegido por la Ley 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y por el decreto 165/94 (Protección del software y base de datos). El autor no se hace responsable por aquellos cambios en la Legislación que pudieran surgir entre los períodos de modificación de datos. Los enlaces externos son responsabilidad de sus respectivos autores.