22.1 Movimiento de Personal: Acumulación. Acrecentamiento
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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15 | Resolución | 1008 | 2010 |
CONCEDE prórroga de presentación, para el presente ciclo lectivo, a los docentes que hayan obtenido acrecentamiento o acumulación, y que al momento de tomar posesión se encuentren en usufructo de licencia por razones de salud y/o superposición de horarios por organización de las instituciones, hasta la fecha de presentación de docentes titulares que determine el Calendario Escolar 2011-2012. |
14 | Resolución Modificado Anexo I, II y III anulados por Resolución N°4410/18 | 640 | 2010 |
JUNTA DE CLASIFICACIÓN DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIA EL C.P.E. , APRUEBA los formularios para las solicitudes de Traslados, Reincorporaciones, Acumulación, Permutas y Acta de Toma de Posesión personal Titular que como parte integrante de la presente figuran en los: 2. ANEXO II (reincorporaciones) 5. ANEXO V (Toma de Posesión).
IMPLEMENTA en forma gradual la aplicación de los formularios aprobados por la presente norma para el ciclo lectivo en curso, determinando su aplicación total a partir del período lectivo 2011.
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13 | Resolución | 5394 | 2004 | Establece por excepción la extensión del período de inscripción para el segundo Movimiento de Traslado y Acumulación, en los cargos de Técnicos Pedagogo y Psicopedagogo de ETAP hasta el 20 de Febrero de 2005. |
12 | Resolución | 4579 | 2004 | Deja sin efecto las Resoluciones Nos. 914/71, 2427/03 y el último párrafo del punto XV, artículo 2º de la Resolución Nº 1183/88. Determina que aquellos docentes que renuncien al beneficio otorgado según el orden de méritos en los concursos de Traslado definitivo, Reincorporación, Acrecentamiento y/o Acumulación quedarán inhabilitados de participar en un nuevo concurso por el término de dos años. . |
11 | Resolución | 2663 | 2004 | Aprueba los FORMULARIOS (Nivel Medio) para los Movimientos de Reubicaciones, Traslados, Reincorporaciones, Acrecentamiento, Acumulación y Permutas. |
10 | Resolución | 4241 | 2003 | Establece que en las reubicaciones, permutas, traslados definitivos, acumulaciones y acrecentamientos, los docentes que sean favorecidos con cargos u horas cátedra, y se encuentran usufructuando licencia por Art. 15º de la Resolución 233/98, tendrán la toma de posesión automática en el establecimiento de destino, sin el requisito de la toma de posesión efectiva. |
9 | Resolución Anulada | 2427 | 2003 | Autoriza que se conceda la toma de posesión automática a los docentes que se encuentran ocupando cargos de mayor jerarquía funcional o presupuestaria, en las horas cátedras o cargos obtenidos en los movimientos de traslados, acumulaciones y acrecentamiento en el Nivel MEDIO y que se encuentran con postergación de toma de posesión. Autoriza a la renuncia sin el efecto de la penalización. |
8 | Resolución Derogada por Resolución N° 1301/20 | 2775 | 2001 | Establece que los docentes de enseñanza media que han titularizado cargos directivos y decidan no desempeñar las horas cátedra acumuladas hasta el máximo compatible u opten por la dedicación exclusiva, de acuerdo a los términos que preceden, podrán retener dichas horas cátedra en el marco de la presente Resolución. |
7 | Resolución | 1451 | 2000 | Determina que para resolver concurso de acumulación para el Nivel medio, se utilizarán las vacantes que conforman el anexo II del Primer movimiento destinado a traslados, reincorporaciones, acrecentamiento y acumulación de cada año. Determina que la acumulación será simultánea con el acrecentamiento. Establece procedimientos para asignar vacantes y sobre opción de renuncia. . |
6 | Resolución | 3703 | 1999 | Establece pautas para el desplazamiento de cargos de ETAP en aquellos casos que ingresa personal titular designado por acumulación. |
5 | Resolución | 3456 | 1999 | Establece en función de los ARTÍCULOS N° 38 Y N° 55 del Estatuto del Docente que será destinado a acumulación el 10% del total de las vacantes publicadas para los movimientos de traslados definitivos, acrecentamientos, reincorporaciones y acumulaciones en las ramas de Nivel Inicial, Primario y Media. Se relaciona con el artículo 1° de la Resolución 2248/99. |
4 | Resolución | 2248 | 1999 | Establece que el docente Titular podrá acumular cargos u horas cátedra hasta el máximo compatible previsto en el ARTÍCULO 55 DE LA LEY N° 391 , en igual o distinta rama de la Enseñanza.
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3 | Resolución Derogada | 796 | 1995 | Normas ampliatorias a la Resoluc. 956/65 y 1138/88 de traslados y acrecentamiento. |
2 | Resolución Modificado parcialmente por 4579/04. Ampliada por Resolución 1279/15 | 1183 | 1988 | Establece las normas para los Concursos de Acrecentamiento de Horas Cátedras Titulares de Nivel Medio. |
1 | Ley | 391 | 1964 | TÏTULO I – Capítulo XIV – DESTINO DE LAS VACANTES Artículo 38°: Acumulación y acrecentamiento
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