2.7 Transferencia de Servicios Educativos

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
10Resolución 29822002Aplica el punto octavo del Convenio de Traslados Provisorios Interjurisdiccionales a una docente de la provincia de Buenos Aires.
9Decreto 12741999Ratifica el  acuerdo modificatorio del Acta Complementaria N° 4  del Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la provincia.
8Decreto 6321999Faculta a la Presidencia del CPE de Río Negro a convenir con el Ministerio de Educación de Nación la prórroga hasta el 31/12/99 de lo dispuesto en la cláusula VIII del Acta Complementaria Nº 4 del Convenio de Transferencia.
7Resolución 11871998

Determina la extensión de Certificados Analíticos duplicados de Nivel Medio y Superior, cuyo original proviene con anterioridad a la transferencia de Nación a la provincia, desde el 01/12/92.

6Ley 26551993

Ratifica el Convenio de Transferencia de establecimientos educativos firmado el 27/10/92, en cumplimiento de la Ley Nacional 24049.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).

5Resolución Anulada   14601993Sobre acceso a cargos de conducción para docentes transferidos.
4Resolución 8771993Inscripción de docentes transferidos de servicios educativos nacionales, ante la Junta de Clasificación, para acceder al primer grado del escalafón. Establece criterios para ascenso.
3Convenio 01992Convenio de Transferencia de Servicios Educativos (27/10/92).
2Ley 240491992

Faculta al Poder Ejecutivo Nacional a transferir, a partir del 1 de enero de 1992, a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, los servicios educativos administrados en forma directa por el Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo Nacional de Educación Técnica, así como también las facultades y funciones sobre los establecimientos privados reconocidos, en las condiciones que prescribe esta ley.

1Ley Nacional 185861970

Ley 18586 Buscar ley   PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

 

ORGANISMOS NACIONALES EN JURISDICCION PROVINCIAL

TRANSFERENCIA DE LOS MISMOS A LAS PROVINCIAS

Publicada en el Boletín Oficial del 26-feb-1970    Número: 21877    Página: 3

 Resumen:

FACULTASE AL PODER EJECUTIVO NACIONAL A TRANSFERIR A LAS PROVINCIAS, EN LAS CONDICIONES PRESCRITAS POR LA PRESENTE LEY, LOS ORGANISMOS Y FUNCIONES NACIONALES EXISTENTES EN LOS TERRITORIOS PROVINCIALES. DEROGANSE LAS LEYES 4874; 17.022; 17.728; 17.878 Y 18.151.

© Legislación educativa de Río Negro es un proyecto de Héctor L. Roncallo y se encuentra protegido por la Ley 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y por el decreto 165/94 (Protección del software y base de datos). El autor no se hace responsable por aquellos cambios en la Legislación que pudieran surgir entre los períodos de modificación de datos. Los enlaces externos son responsabilidad de sus respectivos autores.