2.6 Procesos Administrativos y políticos

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
4Resolución 14511982

AUTORIZA a los docentes provinciales a hacer uso de los edificios escolares para celebrar reuniones propias de su actividad gremial, previa autorización del Director del Establecimiento Educativo y fuera de las horas de clase. LAS REUNIONES deberán realizarse con sujeción a las disposiciones de la Ley N° 532 Buscar ley - Código de Faltas.

3Resolución 2801982

Dispone que las juntas de Clasificación y Disciplina para la Enseñanza Primaria y Secundaria, procedan a realizar un reordenamiento integral del archivo de legajos. Autoriza a las Juntas a dar de baja los legajos de los docentes que, en el término de cinco años, no hubieran realizado ninguna inscripción.  De no retirarse el legajo se procederá a la destrucción de la documentación.

2Resolución 1551976

AUTORIZA a las agrupaciones docentes de la Provincia a hacer uso de los establecimientos escolares para celebrar reuniones de carácter docente.  ES requisito previo a toda reunión, solicitar con la anticipación debida a la Dirección del establecimiento, permiso escrito por duplicado. LA Dirección deberá hacer conocer inmediatamente al Supervisor Zonal o en su defecto al Consejo la petición formulada.  LA Dirección pondrá en conocimiento de la autoridad inmediata superior de toda pérdida, deterioro o sustracción que pueda ocurrir dentro de los límites del establecimiento con motivo del acto autorizado. QUEDA terminantemente prohibido utilizar el establecimiento con fines políticos o actos contrarios al orden público o a las buenas costumbres, o propagar expresiones agraviantes u ofensivas al decoro de sus colegas, superiores y/o autoridades. Como asimismo invitar o incitar al alumnado, padres y vecinos a sumarse a esas exteriorizaciones.

Tales actitudes serán consideradas faltas graves y darán lugar a la caducidad de la autorización para futuras reuniones, so pena de ordenar la instrucción del sumario correspondiente.

1Resolución 24531975

Determina que las prácticas docentes o de investigación proyectadas por organismos oficiales o privados que involucran establecimientos de jurisdicción del CPE deberán ser autorizadas por éste. Se aprueban las Pautas Normativas para las Prácticas de Enseñanza que se realicen en los establecimientos de Enseñanza media dependientes de esta jurisdicción-Anexo I. (Héctor Pedro CASTRO-Vocal a cargo / Escobar)

© Legislación educativa de Río Negro es un proyecto de Héctor L. Roncallo y se encuentra protegido por la Ley 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y por el decreto 165/94 (Protección del software y base de datos). El autor no se hace responsable por aquellos cambios en la Legislación que pudieran surgir entre los períodos de modificación de datos. Los enlaces externos son responsabilidad de sus respectivos autores.