VIEDMA, 15 DIC 2006

 

 

VISTO:

El Expediente Nº 143.122 –JS-06 del Registro del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación; y   

 

 

CONSIDERANDO:

 

  QUE  en el marco del Programa de Reconversión Administrativa implementado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro – Consejo Provincial de Educación  se lleva a cabo el proceso de informatización en las Juntas de Clasificación de los Niveles Inicial, Primario y Medio;

 

  QUE dicho proceso generó la Resolución Nº 808/06, dando lugar a un período único de inscripción de movimiento y para Interinatos y Suplencias;

 

   QUE  en esas  acciones programadas además  se incluye la carga de la totalidad de la documentación obrante en los  legajos personales de los aspirantes a desempeñarse en el sistema educativo rionegrino;

 

  QUE  la Ley 2445 – Artículo 10º - inciso j)- determina que las Juntas de Clasificación son órganos asesores de la Presidencia y del Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial de Educación, a través de las Vocalías;   

 

   QUE la Comisión de Estudio y Análisis de Títulos creada por Resolución Nº 3782/05 incorpora en el sistema informático las incumbencias otorgadas oportunamente a los títulos incluidos en los Manuales de Título vigentes;

  

   QUE han sido incorporados a la base del Sistema de Administración y Gestión de la Educación – SAGE – un número considerable de títulos que requiere de un estudio minucioso de las áreas intervinientes;

 

    QUE  en el procedimiento citado  de carga  se observan diferencias significativas relacionadas con: la diversidad de titulaciones, la variedad en la denominación de los títulos según las entidades emisoras de los mismos, la necesidad de considerar por asociación títulos no incluidos en los Manuales vigentes en la Provincia, la metodología utilizada por diferentes gestiones en el análisis de los títulos y en el otorgamiento de competencias para el desempeño en la Docencia;

 

 QUE  resulta pertinente otorgar carácter transitorio al Manual de Títulos utilizado;

 

 QUE  en consecuencia se debe garantizar, por el volumen de datos y complejidad de definiciones, un período de notificación, consulta y definiciones que no obstaculice el desarrollo de las acciones escolares en el período de vigencia de los listados emitidos por las Juntas de Clasificación, independientemente ello de los reclamos propios de los procedimientos en los Movimientos e Interinatos y Suplencias;

 

 QUE  esta temática ha sido de tratamiento con todos los integrantes de las áreas que intervienen y toman decisiones en los procesos descriptos;

 

  QUE la homologación del Manual definitivo resultante del proceso citado corresponde exclusivamente al ámbito paritario;

 

 QUE  se debe tener en cuenta que la homologación de títulos conlleva un procedimiento que en si mismo garantiza el control y el acuerdo de las acciones que inciden en la actividad e instrumentos del trabajo docente;

 

 QUE dicho procedimiento por las características de consulta y complejidad de la misma necesita de  tiempos que no podrían garantizar la emisión de los listados para la puesta en marcha de las Asambleas de Interinatos y Suplencias;

 

QUE  en consecuencia se deben instrumentar los procedimientos previstos de emisión, difusión y período de reclamo ante la emisión de los Listados por parte de las Juntas de Clasificación, según el orden de mérito de los aspirantes interesados;

 

 QUE  corresponde emitir la autorización respectiva;

 

POR ELLO:

 

EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: AVALAR  la utilización de los Manuales de Títulos en vigencia, los Homologados oportunamente y  los que surjan de la asociación  de competencias establecidas por acuerdo resolutivo de dichos Cuerpos Colegiados en la clasificación otorgada a los aspirantes para la elaboración de los listados de Interinatos y Suplencias, Movimientos y Ascenso para el Período lectivo 2007 por las Juntas de Clasificación de los Niveles Inicial, Primario y Medio.

 

ARTÍCULO 2º: DETERMINAR que durante los meses de marzo, abril y mayo de 2007 las partes intervinientes organizarán un proceso de consulta y definiciones, a través de procedimientos informáticos y  fijando un cronograma de trabajo, de manera tal que el procedimiento de homologación del Manual Definitivo opere en la instancia de inscripción para el período Escolar 2008.

 

 

ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE , comuníquese a las Supervisiones Escolares respectivas de las Delegaciones Regionales de Educación: Valle Inferior, Atlántica, Sur, Andina, Andina-Sur , Alto Valle Oeste, Alto Valle Este y Valle Medio por intermedio de las Direcciones  de Nivel Inicial, Primario y Medio; a la Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro – UnTER- ; a las Juntas de Clasificación de los Niveles Inicial – Primario  y Secundario; a la Comisión de Estudio y Análisis de Títulos;  a la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia para ser incorporado al expediente paritario y archívese.

                    

RESOLUCIÓN   2070   /2006

VGD/hlr

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