VIEDMA, 15
DIC 2006
VISTO:
El Expediente Nº 143.122 –JS-06 del
Registro del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación; y
CONSIDERANDO:
QUE en
el marco del Programa de Reconversión Administrativa implementado por el Ministerio
de Educación de
QUE
dicho proceso generó
QUE en esas acciones programadas además se incluye la carga de la totalidad de la
documentación obrante en los legajos personales
de los aspirantes a desempeñarse en el sistema educativo rionegrino;
QUE
QUE
QUE han sido incorporados a la base del Sistema de Administración y
Gestión de
QUE en
el procedimiento citado de carga se observan diferencias significativas
relacionadas con: la diversidad de titulaciones, la variedad en la denominación
de los títulos según las entidades emisoras de los mismos, la necesidad de
considerar por asociación títulos no incluidos en los Manuales vigentes en
QUE resulta pertinente otorgar carácter
transitorio al Manual de Títulos utilizado;
QUE en
consecuencia se debe garantizar, por el volumen de datos y complejidad de
definiciones, un período de notificación, consulta y definiciones que no
obstaculice el desarrollo de las acciones escolares en el período de vigencia
de los listados emitidos por las Juntas de Clasificación, independientemente
ello de los reclamos propios de los procedimientos en los Movimientos e
Interinatos y Suplencias;
QUE
esta temática ha sido de tratamiento con todos los integrantes de las
áreas que intervienen y toman decisiones en los procesos descriptos;
QUE
la homologación del Manual definitivo resultante del proceso citado corresponde
exclusivamente al ámbito paritario;
QUE se
debe tener en cuenta que la homologación de títulos conlleva un procedimiento
que en si mismo garantiza el control y el acuerdo de las acciones que inciden
en la actividad e instrumentos del trabajo docente;
QUE
dicho procedimiento por las características de consulta y complejidad de la
misma necesita de tiempos que no podrían
garantizar la emisión de los listados para la puesta en marcha de las Asambleas
de Interinatos y Suplencias;
QUE en
consecuencia se deben instrumentar los procedimientos previstos de emisión,
difusión y período de reclamo ante la emisión de los Listados por parte de las
Juntas de Clasificación, según el orden de mérito de los aspirantes interesados;
QUE corresponde
emitir la autorización respectiva;
POR ELLO:
EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: AVALAR la utilización de los Manuales de Títulos en vigencia, los Homologados
oportunamente y los que surjan de la asociación
de competencias establecidas por acuerdo
resolutivo de dichos Cuerpos Colegiados en la clasificación otorgada a los
aspirantes para la elaboración de los listados de Interinatos y Suplencias,
Movimientos y Ascenso para el Período lectivo 2007 por las Juntas de
Clasificación de los Niveles Inicial, Primario y Medio.
ARTÍCULO 2º: DETERMINAR que durante los meses de marzo, abril y
mayo de 2007 las partes intervinientes organizarán un proceso de consulta y
definiciones, a través de procedimientos informáticos y fijando un cronograma de trabajo, de manera
tal que el procedimiento de homologación del Manual Definitivo opere en la
instancia de inscripción para el período Escolar 2008.
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE ,
comuníquese a las Supervisiones Escolares respectivas de las Delegaciones
Regionales de Educación: Valle Inferior, Atlántica, Sur, Andina, Andina-Sur ,
Alto Valle Oeste, Alto Valle Este y Valle Medio por intermedio de las Direcciones
de Nivel Inicial, Primario y Medio; a
RESOLUCIÓN Nº 2070 /2006
VGD/hlr
ES
COPIA