LEY Nº 3800

 

Aprobada en 1ª Vuelta: 11/11/2003 - B.Inf. 64/2003

Sancionada: 27/11/2003

Promulgada: 12/12/2003 - Decreto: 67/2003

Boletín Oficial: 22/12/2003 - Número: 4160

 

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

 

 

Artículo 1º.- Incorpórase a la ley nº 3691 el artículo 6º, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 6º.-  El texto de la presente ley deberá ser exhibido públicamente en todos los establecimientos educativos provinciales de todos los niveles. Asimismo, los responsables de la administración de dichos establecimientos, deberán instrumentar los mecanismos necesarios para que los alumnos tomen conocimiento del contenido de esta norma”.

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

 

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